Leonardo Pachón
  • INICIO
  • PROPUESTAS
  • SOBRE MI
  • CONTACTO
  • BLOG

Taller N° 7

12/10/2019

61 Comentarios

 

Taller de Pensiones

  1. ¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
  2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia  y  cuál es el futuro de las mismas. 
  3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad? 
  4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social? 
  5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
  6. ¿Cual es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización? 
  7. ¿Cual es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad? 
  8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica. 
  9. ¿Cuando se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
  10. ¿Cual es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotización?

Las respuestas deben quedar registradas en este blog, antes del 15 de diciembre a las 7 pm.
61 Comentarios
Kelly Gisele Jimenez Romero
12/12/2019 07:30:28 pm

1. Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) hacen parte de un programa que creó el Gobierno en 2005 y que administra Colpensiones con el objetivo de brindar un mecanismo alternativo de seguridad para la vejez de aquellos colombianos que llegaron a la edad requerida para pensionarse, pero que, aunque hicieron sus aportes en el Régimen Público o Privado, no reunieron el capital necesario solicitado para tal fin.

Ciudadanos colombianos, mayores de 18 años.
Ciudadanos con ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Vigente.
Si eres mujer debes tener 57 años de edad o más.
Si eres hombre debes tener 62 años de edad o más.
No haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos.
Ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS.
Ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.

2. Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa y comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.

Es menester reconocer que se debe realizar una lectura estructural sobre la problemática pensional en el país, puesto que en la aplicación del principio de igualdad parte del diseño primario del Sistema General de Seguridad Social, queda claro que las políticas de privatización en respuesta al proceso de
globalización conducen a una valoración del individuo como cifras antes que como ser humano que demanda satisfacer unas necesidades básicas enmarcadas en la edad, la invalidez y la sobrevivencia.

3. A ley 33 en uno de sus puntos esenciales establece en una de sus caracteristicas mas importantes que. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio.
No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza
justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un
régimen especial de pensiones.

4. El Gobierno formalizó la creación del nuevo holding financiero estatal, el cual llevará por nombre Grupo Financiero Bicentenario. Así quedó consignado en el Decreto 2111 de 2019. Segun los detractores, el Ministerio de Hacienda expide un Decreto para privatizar empresas públicas y masacrar laboralmente a miles de trabajadores que quedarán sin empleo". el Ministerio de Hacienda expide un Decreto para privatizar empresas públicas y masacrar laboralmente a miles de trabajadores que quedarán sin empleo". Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que el Estado esta teniendo cada vez menos participacion y desicion sobre este.

5. El concepto de tasa de reemplazo, también conocido como tasa de sustitución puede comprenderse como un indicador del grado en que un sistema de pensiones logran su principal cometido, que no es otro que sustituir las rentas de la etapa en activo de un trabajador manteniendo un poder adquisitivo lo más elevado posible en la etapa de jubilación. Encontramos que los regímenes tanto público como privado ofrecen algunas ventajas para los afiliados. Sin embargo, con base en diversas fuentes, obtenemos que la cobertura de pensionados es de apenas 23% y ésta se ha mantenido constante desde 2005 con una población de pensionados menor a 1,5 millones de personas. Esta tasa de cobertura contrasta con la de países como Chile donde es de 87,1%.

En Colombia la tasa de reemplazo es diferente dependiendo del régimen: 73,1% para el público y 38,6% para el privado.

La Tasa de Reemplazo no es más que el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa de Reemplazo es de 80%

TR = (4000

Responder
kelly gisele jimenez romero
12/12/2019 07:40:32 pm

6. El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.

Asalariados e independientes deben realizar los pagos que correspondan a la seguridad social, y esos pagos se realizan sobre la base de cotización que la ley ha determinado.

En el caso de los trabajadores asalariados el IBC es el salario que devengan, y en el caso de los trabajadores independientes es el 40% de los ingresos obtenidos en el respectivo periodo siempre que el resultado no sea inferior al salario mínimo.

El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.

La Arl, la EPS o el fondo de pensión liquidan esos pagos sobre una base también dispuesta por la ley, y esa base se conoce como Ingreso Base de Liquidación.

7. En el regimen de prima media:

- En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente o supérstite, siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad. En caso de que la pensión de sobrevivencia se cause por muerte del pensionado, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite, deberá acreditar que estuvo haciendo vida marital con el causante hasta su muerte y haya convivido con el fallecido no menos de cinco (5) años continuos con anterioridad a su muerte.

- En forma temporal, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha de fallecimiento del causante, tenga menos de 30 años de edad, y no haya procreado hijos con éste. La pensión temporal se pagará mientras el beneficiario viva y tendrá una duración máxima de 20 años. En este caso, el beneficiario deberá cotizar al sistema para obtener su propia pensión, con cargo a dicha pensión.

- Si respecto de un pensionado hubiese un compañero o compañera permanente, con sociedad anterior conyugal no disuelta y derecho a percibir parte de la pensión de que tratan los numerales anteriores, dicha pensión se dividirá entre ellos (as) en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido.

- En caso de convivencia simultánea en los últimos cinco (5) años, antes del fallecimiento del causante entre un cónyuge y una compañera o compañero permanente, la beneficiaria o el beneficiario de la pensión de sobreviviente, será la esposa o el esposo. Si no existe convivencia simultanea y se mantiene vigente la unión conyugal pero hay una separación de hecho, la compañera o compañero permanente podrá reclamar una cuota parte de lo correspondiente al numeral a) en un porcentaje proporcional al tiempo convivido con el causante siempre y cuando haya sido superior a los últimos cinco (5) años antes del fallecimiento del causante. La otra cuota parte le corresponderá al cónyuge con el cual existe la sociedad conyugal vigente.

- Los hijos menores de 18 años, los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante al momento de su muerte, siempre y cuando acrediten debidamente su condición de estudiantes; y, los hijos inválidos si dependían económicamente del causante, esto es, que no tienen ingresos adicionales, mientras subsistan las condiciones de invalidez.

- A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante si dependían económicamente de éste.

En regimen de ahorro individual los beneficiarios pueden ser cualquier persona,

8. El artículo 53 de la Constitución Política y el 21 del Código Sustantivo de Trabajo señalan que el principio de favorabilidad en materia laboral consiste en el deber que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Más allá de la duda ante dos normas, la jurisprudencia sostiene que este principio se aplica inclusive cuando una sola norma admite diversas interpretaciones.

9. Lo primero que tiene que hacer es dirigirse ante el fondo privado y Colpensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibi&oa

Responder
kelly gisele jimenez romero
12/12/2019 07:43:26 pm

9. Lo primero que tiene que hacer es dirigirse ante el fondo privado y Colpensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos.

Después de que reciba la negativa por parte de estas instituciones, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial.

El argumento central para que se pueda decretar la anulación del traslado es que el afiliado asegure que no recibió la información precisa y correcta sobre los efectos que se produjeron con el cambio de régimen pensional.

10. La concurrencia en materia laboral se refleja cuando en medio de una relación de tipo laboral se ve el trabajador involucrado con otro u otros contratos de distinta naturaleza celebrados entre las mismas partes.

Esta se presenta cuando un trabajador celebra varios contratos de trabajo con diferentes empleadores.

Responder
mariorys lucero garces valencia
12/12/2019 08:22:43 pm

1. El Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), un Esquema Flexible de Protección para la Vejez. Un mecanismo que será administrado por COLPENSIONES para estas personas que no cuentan con suficientes ingresos, como consecuencia de la informalidad de la actividad económica a la que se dedican o porque ganan menos de un salario mínimo mensual. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El propósito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.

Pueden acceder personas con ingresos inferiores a un salario mínimo personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión.

2. El aspecto financiero es una característica preponderante en el Régimen de
Ahorro Individual, por lo que debemos considerar la información asimétrica desde
ese punto distintivo, y es cuando una de las partes que interviene en la negociación no cuenta con la misma información que la otra sobre el producto, servicio o activo objeto de la transacción. Lo que conduce a un fallo de mercado
que proporciona un resultado económico ineficiente.
Esa información asimétrica genera la aparición de comportamiento oportunistas en relación con la toma de decisiones financieras, en la formación de precios, en
la valoración de activos financiero y en el conflicto entre propiedad y control.

La asimetría de la información y las consecuencias de la misma, en el caso del sistema pensional por capitalización, se observa una fuerte asimetría entre las AFP y los afiliados a favor de las primeras y una política fuerte de diferenciación
de productos, ambos factores no permiten una significativa sensibilidad de la demanda respecto a las variables relevantes en la generación de ahorro tales como precio y rentabilidad.

Un ejemplo de ello es que la elección de la administradora por parte del consumidor no es en función de la rentabilidad de los fondos porque existe desinformación por parte de los consumidores respecto de la rentabilidad de los fondos y su mecanismo de medición.

3. Entre los factores mas importantes que establece la ley 33 del 85 esta si la persona a la fecha de entrada en vigencia el sistema general de pensiones tenía la condición de servidor público y era beneficiario del régimen de transición, se le aplica el régimen establecido en la Ley 33 de 1985 o el régimen al que se encontrare afiliado según su condición y la entidad para la cual prestara sus servicios.

En ese sentido, inicialmente la transición para el sector público implica la aplicación de la Ley 33 de 1985, régimen que exige para conceder la pensión de jubilación, 55 años de edad y 20 años de servicios. El monto de la pensión será igual al 75% del ingreso base de liquidación establecido en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, esto es, el promedio de los últimos 10 años de aportes, actualizado de acuerdo con la variación del Indice de Precios al Consumidor.

4. El Ministerio de Hacienda expidio este decreto privatizando empresas públicas Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que escencialmente y explicitamente prohibe la participacion de empresas publicas que prestan servicios de seguridad social como colpensiones y la nueva eps.

5. La tasa de reemplazo es un indicador del grado en que un sistema de pensiones logran su principal cometido, que no es otro que sustituir las rentas de la etapa en activo de un trabajador manteniendo un poder adquisitivo lo más elevado posible en la etapa de jubilación.

Un ejemplo clarificador en números redondos sería el siguiente. Si un trabajador cobraba durante su etapa productiva un salario de 2.000 euros al mes, y ahora percibe una pensión de 1.000 euros mensuales, su tasa de reemplazo seria del 50%.

Responder
mariorys lucero garces valencia
12/12/2019 08:35:31 pm

6. El ingreso base de cotización –IBC– y el ingreso base de liquidación –IBL–, se diferencian en gran medida en puntos como su determinación, ya que el primero se da en la vigencia del contrato de trabajo o de la vida laboral y el otro cuando se ha cumplido con el tiempo establecido para acceder a los derechos pensionales.

Entre sus principales diferencias se encuentran:

IBC
Monto del salario sobre el cual se aplica el porcentaje de cotización a pensión.
El tope máximo es de 25 smlmv.
Calculo de este ingreso: salario básico + los factores salariales que según la ley constituyan salario, sobre estos se cotiza mensualmente sobre el 16 %.

IBL
Base sobre la cual se liquidan las prestaciones económicas del trabajador.

7.En el regimen de prima media:

- En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente o supérstite, siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad.

-En forma temporal, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha de fallecimiento del causante, tenga menos de 30 años de edad.

- Los hijos menores de 18 años, los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años.

8. el principio de favorabilidad consiste en que los ciudadanos, y en el caso que nos ocupa, los contribuyentes del impuesto sobre la renta, podrán aplicar preferentemente las normas más favorables para sus intereses, aunque esta norma sea posterior a la restrictiva o desfavorable.

El Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 21, contempla el principio de favorabilidad, así: "En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad"

9.Lo primero que tiene que hacer es dirigirse ante el fondo privado y Colpensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos.

Después de que reciba la negativa por parte de estas instituciones, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial.

El argumento central para que se pueda decretar la anulación del traslado es que el afiliado asegure que no recibió la información precisa y correcta sobre los efectos que se produjeron con el cambio de régimen pensional.

10. La concurrencia aplica cuando un trabajador celebra varios contratos con el mismo empleador, mientras que la coexistencia de los contratos es cuando un trabajador tiene varios contratos con diferentes empleadores.

Responder
Diego Armando Ardila
12/13/2019 12:11:55 am

En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?

Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen  de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado.

Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia  y  cuál es el futuro de las mismas ?
La inequidad se deriva de cuatro fuentes:
a) En cuanto al gasto público destinado a seguridad social, de los mayores beneficios para los trabajadores del sector público que para los demás trabajadores; b) En cuanto a la distribución regional del acceso al sistema, la desigual cobertura entre las áreas urbanas y rurales; La reforma de pensiones en Colombia y la equidad de género 32 c) En cuanto al principio de solidaridad, el fin del respaldo entre generaciones y entre grupos de ingreso por la segregación de los afiliados en los dos tipos de regímenes; d) También respecto al principio de solidaridad, la desfinanciación estatal del componente solidario en el esquema de ahorro individual.

El futuro de las mismas parece ser una reforma pensional de fondo.

Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?

La ventaja consiste en no perder los derechos que obtenia al estar vinculado a un regimen cuando empezo a cotizar a pensiones para ambos regimenes.

Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
La incidencia puede ser muy grande y desastrosa puede proyectarse a ser una sociedad de economía mixta de régimen especial vinculada al Ministerio de Hacienda y formará una persona jurídica distinta de sus accionistas. El Gobierno pretende que sea el tercer grupo financiero más grande del país y pueda competir al mismo nivel de los conglomerados del sector privado, para la oposición este decreto abre la puerta para la privatización. "Mientras la ciudadanía está protestando ante las medidas regresivas del Gobierno de Iván Duque, el Ministerio de Hacienda expide un Decreto para privatizar empresas públicas y masacrar laboralmente a miles de trabajadores que quedarán sin empleo", escribió el senador Alexánder López, del Polo Democrático.

Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia
El concepto de tasa de reemplazo, también conocido como tasa de sustitución puede comprenderse como un indicador del grado en que un sistema de pensiones logran su principal cometido, que no es otro que sustituir las rentas de la etapa en activo de un trabajador manteniendo un poder adquisitivo lo más elevado posible en la etapa de jubilación.

Las mayores tasas de reemplazo del sistema público con respecto al privado ocasionan traslados del segundo al primero, lo que pone más presión en las finanzas públicas. 1

Responder
Diego Armando Ardila
12/13/2019 12:13:10 am

Ejemplo es subir los aportes de los trabajadores a las pensiones mientras su poder adquisitivo baja respecto a lo que no se le reconoce en sueldo por parte del Estado para mantener una resnta pensional.


El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.
La diferencia recae en que en el ingreso base de liquidacion se desintegra el ingreso base de cotizacion

Cual es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
RAIS (AFPs):Aportes Voluntarios: Existe la posibilidad de realizar aportes voluntarios dentro del Fondo de Pensiones Obligatorias.
RPM: Aportes Voluntarios: No existe.
RAIS (AFPs): Multifondos: Posibilidad de escoger diferentes portafolios de inversión:
Conservador, Moderado y Mayor Riesgo. (según los objetivos, edad y perfil de riesgo de cada afiliado) RPM: Multifondos: No existe.
RAIS (AFPs): Requisitos de Pensión: Capital acumulado en la cuenta individual incluido el bono pensional si a este hubiere lugar y los aportes voluntarios.
Requisitos de Pensión: Tiempo: equivalente a semanas cotizadas y edad del afiliado.
RAIS (AFPs): Excedentes de libre Disponibilidad: Existen. (Artículo 85 Ley 100 de 1993)
RPM: Excedentes de libre Disponibilidad:No existen.
RAIS (AFPs): Fallecimiento del afiliado o pensionado y no hay beneficiarios de pensión: En caso de fallecimiento del afiliado o pensionado y no existan beneficiarios de pensión, los recursos que de la cuenta individual y bono pensional (si tiene derecho a este) acrecentaran la masa sucesoral y dichas sumas se entregaran a los herederos de acuerdo a juicio de sucesión.
RPM: Fallecimiento del afiliado o pensionado y no hay beneficiarios de pensión: No existen.
RAIS (AFPs): Modalidades de Pensión: Existen varias modalidades de pensión, unas a cargo de la AFP y otras a cargo de la aseguradora de elección del pensionado.
RPM: No existen.
RAIS (AFPs): Edad de Pensión: El afiliado escoge la edad en la que desea pensionarse siempre y cuando cumpla con el capital requerido para financiar dicha pensión.
RPM: Edad de Pensión: El afiliado se pensiona a las edades establecidas en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 o de acuerdo a la normatividad que le aplique al caso en particular.
RAIS (AFPs): Auxilio Funerario: Sí existe. Art 86 de la Ley 100 de 1993.
RPM: Auxilio Funerario: Sí existe. Art 51 de la Ley 100 de 1993.
RAIS (AFPs): Devolución de Saldos: Si no cumple con los requisitos para obtener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, tendrá derecho a la devolución de saldos de acuerdo a los artículos 66, 72 y 78 de la Ley 100 de 1993.
RPM: Devolución de Saldos: Si no cumple con los requisitos para obtener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, tendrá derecho a recibir una indemnización sustitutiva de acuerdo a los artículos 37, 45 y 49 de la Ley 100 de 1993.
RAIS (AFPs): Edad de Pensión: El afiliado escoge la edad en la que desea pensionarse siempre y cuando cumpla con el capital requerido para financiar dicha pensión.
RPM: Edad de Pensión: El afiliado se pensiona a las edades establecidas en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 o de acuerdo a la normatividad que le aplique al caso en particular.

Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
Este principio consiste en poder aplicar preferentemente las normas más favorables para sus intereses, aunque esta norma sea posterior a la restrictiva o desfavorable.
Este principio universal se aplica en materia penal, laboral, disciplinaria, entre otras tantas, y por supuesto tiene cabida en la legislación tributaria.

Cuando se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo
se debe iniciar un proceso de inceficacia de traslado de regimen cuando por ejemplo no se ha informado en forma debida al afiliado, la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral enfatizó que que en materia de seguridad social existe un verdadero e ineludible deber de obtener un consentimiento informado, toda vez que dicho procedimiento garantiza, antes de aceptar un ofrecimiento o un servicio, que el usuario comprenda las condiciones, riesgos y consecuencia de su afiliación al régimen, es decir, que previo al acto el afiliado rec

Responder
JUAN DE JESÚS BOCANEGRA O .
12/13/2019 03:02:36 pm

RESPUESTA TALLER PENSIONES
Presentado por: JUAN DE JESUS BOCANEGRA O

1-en qué consisten los Beps y quienes se pueden beneficiar
En términos generales se puede afirmar que los BEPS es el nombre encubierto de un esquema de rentas vitalicias bimestrales de valor inferior al 85% de un salario mínimo mensual (42,5% de ese salario por mes). Vitalicias porque se cancelan hasta la muerte del beneficiario. Bimestrales porque se pagan cada dos meses. “No se sustituyen ni se heredan”. Si el beneficiario muere la renta vitalicia no pueden ser reclamada por integrantes del núcleo familiar bajo ninguna circunstancia (no cubren el riesgo de muerte). Tampoco puede obtenerlas el vinculado a los BEPS si eventualmente sufre un accidente o enfermedad que lo incapacite para trabajar (no cubre el riesgo de invalidez).
Frente a sucesos de invalidez y muerte del “vinculado” el esquema BEPS ofrece “gratuitamente” un “seguro de vida” a pagarse por una compañía de seguros que se cancela una vez, no como renta, durante la vigencia de la póliza (un año), cuyo valor depende del nivel de ahorro logrado el año anterior y la clase de contingencia protegida. Si don Beto, por ejemplo, ahorró al año anterior $150.000 y hoy (2019) llegase a sufrir un cáncer (Dios no lo quiera), la compañía de seguros le reconoce $2.250.000. Pero como a la tecnocracia lo que más preocupa es el esfuerzo de ahorro, solo le paga la mitad, $1.125.000, el resto lo consigna en la cuenta de ahorros del paciente. (¿Para qué disfrute una vejez digna y tranquila?
La renta vitalicia BEPS por lo tanto no es una pensión como los “expertos” pretenden engañar. En primer lugar porque el monto de la pensión se paga cada mes y por norma constitucional no puede ser inferior a un salario mínimo mensual. En cambio el monto de la renta vitalicia BEPS se paga cada dos meses y puede ser máximo el 85% de un salario mínimo mensual. El pago por mes entonces ni siquiera llega a la mitad de un salario mínimo mensual, como máximo podría ser el 42,5% de dicho salario.
Beneficia o se paga al afiliado que ha cumplido requisitos ante tres eventualidades (contingencias): cuando llega a la “vejez”, 62 años el hombre y 57años la mujer (pensión de vejez), si sufre un accidente o enfermedad que lo incapacita para trabajar (pensión de invalidez) y, en caso de muerte del pensionado o del afiliado que ha cumplido requisitos, se cancela a integrantes del núcleo familiar bajo condiciones preestablecidas (pensión de sobrevivientes). En cambio en el esquema BEPS la renta vitalicia bimestral se paga al vinculado que cumpla requisitos solo cuando llega a la vejez. No se paga si el vinculado a los BEPS sufre un accidente o enfermedad que lo incapacita para trabajar ni tampoco se concede a integrantes de núcleo familiar en caso de muerte del beneficiario de la renta vitalicia. Como ya se dijo, en esto dos últimos casos la compañía de seguros paga, por una sola vez, una suma determinada de dinero (indemnización) cuyo valor depende del nivel de ahorro del vinculado y el tipo de contingencia protegida. Con estas pensiones BEPS el gobierno de Duque promete “sacar de la inopia” al 75% de los colombianos que no tienen posibilidades de obtener una pensión cuyo monto, de acuerdo a la Constitución, no puede ser inferior a un salario mínimo mensual. El esquema BEPS encubre un sistema de pensiones de subsistencia, discriminatorio, inequitativo e inconstitucional.
2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.

La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la antesala de la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa y comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad.
Entrar a considerar como la asimetría de la información en la selección de las modalidades pensionales: retiro programado y renta vitalicia inmediata puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado. Llegando a la conclusión de la necesidad de implementar un modelo de simulación, entendiendo ello como el sistema que permita que un futuro pensionado que cuente con los requisitos exigidos por la ley pueda acceder a un piloto de modalidades pensionales, para que pueda escoger la

Responder
JUAN DE JESÚS BOCANEGRA ORDOÑEZ
12/13/2019 03:05:17 pm

3. Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad.

Ventajas
Para aquellos servidores públicos que se pensionen conforme a las condiciones de la Ley 33 de 1985, que el periodo para liquidar su pensión es el previsto en el inciso 3° del artículo 36 de la Ley 100, o del artículo 21 de la misma ley, según el tiempo que faltaba para adquirir el derecho a la pensión a la fecha de entrada en vigencia de la nueva normativa pensional.

4. Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social.
Pues aunque no se contempla dentro del decreto s/n el Artículo 2, es algo que inquieta a las organizaciones como la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC). Les preocupa que la holding incluya empresas como la Nueva EPS y Colpensiones, pues en su concepto, esto pone en grave riesgo la salud y la seguridad social de los colombianos. Siendo así “La Nueva EPS y Colpensiones irían a funcionar sobre la base del mercado financiero y la especulación”.
De darse esta figura lleva a profundas reformas de las empresas públicas, sus objetivos, su funcionamiento y su relación con el mismo Estado, lo cual implica un cambio en las condiciones de los trabajadores e incluso potenciaría la inestabilidad laboral, propia del sector privado.
Como un conglomerado de empresas, el holding financiero deberá operar sujeto a las reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas públicas que harán parte de este holding, como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fiduprevisora, entre otras, pasarán a regirse por reglamentaciones del sector privado, en contraposición al bien común de los recursos públicos del Estado.


5. Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia, elabore un ejemplo.

La Tasa de Reemplazo no es más que el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa de Reemplazo es de 80%
TR = (4000 / 5000) x 100 = 80%
(Para fines estadísticos la OCDE presenta el resultado de sus estudios a nivel internacional por género, buscando con ello evaluar la equidad entre hombres y mujeres de los sistemas de pensiones)
Por tanto, en término prácticos podemos afirmar que este indicador refleja a cuánto se reduce tu poder adquisitivo una vez que te jubilas, y con ello en cuánto tendrías que ajustar tus gastos en virtud de tu nueva realidad. En el caso del ejemplo anterior, al reducirse en $1000 los ingresos del trabajador, se vería en la necesidad de reducir sus gastos en un monto semejante, sacrificando para ello algunos gustos o limitando hábitos de consumo.
En Colombia la tasa de reemplazo es diferente dependiendo del régimen: 73,1% para el público y 38,6% para el privado (OECD, BID & Banco Mundial, 2014 y 2017).
6. Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización
En el derecho laboral y pensional se suelen utilizar indistintamente los términos Ingreso Base de Cotización (IBC) e Ingreso Base de Liquidación (IBL), y aunque en algunos casos se asimilan, en otros son diferentes.
Ingreso Base de Cotización.
Es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia. Asalariados e independientes deben realizar los pagos que correspondan a la seguridad social, y esos pagos se realizan sobre la base de cotización que la ley ha determinado.
En el caso de los trabajadores asalariados el IBC es el salario que devengan, y en el caso de los trabajadores independientes es el 40% de los ingresos obtenidos en el respectivo periodo siempre que el resultado no sea inferior al salario mínimo.
Ingreso Base de Liquidación
Es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.
La Arl, la EPS o el fondo de pensión liquidan esos pagos sobre una base también dispuesta por la ley, y esa base se conoce como Ingreso Base de Liquidación.
En consecuencia, la diferencia que hay entre estos dos conceptos radica en que el IBC es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social, en tanto el IBL es la base sobre

Responder
JUAN DE JESÚS BOCANEGRA ORDOÑEZ
12/13/2019 03:07:59 pm

7. Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad.
Régimen solidario de prima media con prestación definida
En el régimen solidario de prima media con prestación definida (RPM), los afiliados o sus beneficiarios deben pagar cotizaciones periódicas a un fondo común para obtener una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas.
Los aportes de los afiliados y sus rendimientos constituyen un fondo común de naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones a quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.
Hay que mencionar que las personas afiliadas a este régimen obtendrán el derecho a la pensión de vejez, previamente establecida por la ley, cuando cumplan con los requisitos legales de edad y semanas de cotización.
Régimen de ahorro individual con solidaridad
El régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) está constituido por el conjunto de entidades, normas y procedimientos mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados.
Es importante decir que en este régimen los aportes no ingresan a un fondo común, sino que son depositados en una cuenta individual de ahorro pensional constituida a título personal.
Pero también existe una relación directa entre el capital ahorrado en la cuenta individual de los afiliados y la pensión, lo cual determina que el valor de la pensión sea variable y no previamente definido como en el régimen de prima media.
El sistema garantiza la pensión de vejez únicamente si se reúne en la cuenta individual el capital necesario para financiarla, sin que sea necesario el cumplimiento de una edad determinada o de un número mínimo de semanas de cotización, requisitos propios del anterior sistema referenciado.
Así, el conjunto de cuentas ahorro pensional conforman un fondo de pensiones que es administrado por entidades privadas especializadas que hacen parte del sistema financiero y están sometidas a la inspección y vigilancia del Estado.
8-Explique en que consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica

El Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 21, contempla el principio de favorabilidad, así: "En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad"; se parte entonces del presupuesto de la coexistencia de varias normas laborales vigentes que regulan una misma situación en forma diferente, evento en el cual habrá de aplicarse la norma que resulte más benéfica para el trabajador. Dicho principio difiere del "in dubio pro operario", según el cual toda duda ha de resolverse en favor del trabajador; porque en este caso tan sólo existe un precepto que reglamenta la situación que va a evaluarse, y como admite distintas interpretaciones, se ordena prohijar la que resulte más favorable al trabajador¿ La "condición más beneficiosa" para el trabajador, se encuentra plenamente garantizada mediante la aplicación del principio de favorabilidad que se consagra en materia laboral, no sólo a nivel constitucional sino también legal, y a quien corresponde determinar en cada caso concreto cuál norma es más ventajosa o benéfica para el trabajador es a quien ha de aplicarla o interpretarla.
De conformidad con este mandato, cuando una misma situación jurídica se halla regulada en distintas fuentes formales del derecho (ley, costumbre, convención colectiva, etc.), o en una misma, es deber de quien ha de aplicar o interpretar las normas escoger aquella que resulte más beneficiosa o favorezca al trabajador.
Entonces para concluir La favorabilidad opera, no sólo cuando existe conflicto entre dos normas de distinta fuente formal, o entre dos normas de idéntica fuente, sino también cuando existe una sola norma que admite varias interpretaciones; la norma así escogida debe ser aplicada en su integridad, ya que no le está permitido al juez elegir de cada norma lo más ventajoso y crear una tercera, pues se estaría convirtiendo en legislador.
9-Cuando se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o ineficacia del mismo
En mi opinión el proceso se

Responder
SANDRA MILENA MORENO PEDRAZA
12/14/2019 10:03:17 am

1.Los BEPS son mecanismo individual, independiente, autónomo y voluntario, de protección para la vejez que se ofrece como parte de los Servicios Sociales Complementarios.
La población objetivo de los BEPS son aquellas personas que al final de su etapa productiva no alcanzan a obtener una pensión y que pertenezcan a los niveles de Sisbén 1, 2 y 3. Se busca que mediante una participación voluntaria con su ahorro y con el subsidio monetario del Estado, las personas accedan a un incentivo de 20% sobre su ahorro.
• Personas con ingresos inferiores a un salario mínimo pertenecientes a los niveles 1, 2 y 3 de Sisbén.
• Personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión
2. La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras (Sánchez. 2002. Pág. 38-39), y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión.
si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos Introducción 3 fundamentales, como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política.
Al existir asimetría de la información, el futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por “selección adversa” que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.
3.una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como .El control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República.
4.A través del decreto 2111 de 2019 el Gobierno Nacional formalizó la creación del holding financiero que había sido anunciado anteriormente por el Gobierno. Este nuevo holding, que se llamará Grupo Bicenterario, busca no solo optimizar el portafolio accionario de la Nación, sino también centralizar sus derechos de propiedad e incorporar las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde).
El decreto establece que "el Grupo Bicentenario será una sociedad de economía mixta de régimen especial", y que esta estará vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este nuevo holding agrupará a las entidades estatales que prestan servicios financieros y según el Gobierno, se busca crear el tercer conglomerado financiero más grande de Colombia.
5.La definición exacta de la tasa de reemplazo es el porcentaje de ingresos en la jubilación respecto a los ingresos previos que recibía un ciudadano como trabajador en activo. O dicho de otro modo, la tasa nos dará una medida de la pérdida de poder adquisitivo que vamos a padecer en el tránsito de una situación de actividad laboral a la de improductividad propia de la jubilación.
Un ejemplo clarificador en números redondos sería el siguiente. Si un trabajador cobraba durante su etapa productiva un salario de 2.000 euros al mes, y ahora percibe una pensión de 1.000 euros mensuales, su tasa de reemplazo seria del 50%.

Responder
SANDRA MILENA MORENO PEDRAZA
12/14/2019 10:50:02 am

6.El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
Asalariados e independientes deben realizar los pagos que correspondan a la seguridad social, y esos pagos se realizan sobre la base de cotización que la ley ha determinado.
En el caso de los trabajadores asalariados el IBC es el salario que devengan, y en el caso de los trabajadores independientes es el 40% de los ingresos obtenidos en el respectivo periodo siempre que el resultado no sea inferior al salario mínimo.
El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.
La Arl, la EPS o el fondo de pensión liquidan esos pagos sobre una base también dispuesta por la ley, y esa base se conoce como Ingreso Base de Liquidación.
En consecuencia, la diferencia que hay entre estos dos conceptos radica en que el IBC es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social, en tanto el IBL es la base sobre la que se liquidan las prestaciones económicas a favor del aportante o cotizante.
7.. RAIS
Tus aportes van a una Cuenta de Ahorro Individual (CAI) de tu propiedad, eso quiere decir que eres el único dueño de tu ahorro pensional.
No hay mínimo de semanas requeridas. La pensión dependerá únicamente de tu ahorro y de los rendimientos obtenidos a través del tiempo.
No hay una condición de edad. Lo importante es que el capital de tu Cuenta de Ahorro Individual financie una pensión, por lo menos, del 110% del salario mínimo mensual legal vigente. Recuerda que eres el único dueño de tu ahorro pensional
Cuando llegue el momento de pensionarte podrás elegir una de las siete modalidades de pensión de las Administradoras de Fondos de Pensión, como Colfondos:
1. Renta Vitalicia.
2. Retiro Programado.
3. Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida
4. Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida.
5. Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata.
6. Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional.
7. Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto
No hay límite en el monto máximo, porque este dependerá del ahorro y de los rendimientos obtenidos en tu Cuenta de Ahorro Individual (CAI), que están conformados por:
CAI= (AO+AV+BP+R)
Donde:
AO = Aportes Obligatorios
AV= Aportes Voluntarios
BP= Bono Pensional
R= Rendimientos generados.
Si cuentas con Bono Pensional, este también generará rendimientos.
Tu Cuenta de Ahorro Individual (CAI) tiene una rentabilidad mínima garantizada que te permitirá tener la opción de incrementar el monto de tu cuenta en caso de que haya un balance positivo. La rentabilidad mínima garantizada equivale al promedio ponderado de las rentabilidades acumuladas efectivas anuales de los últimos tres años y es determinada por la Superintendencia Financiera.
Como eres el único dueño de tu ahorro pensional, si no hay beneficiarios, los saldos de tu cuenta son heredables, hasta el quinto grado de consanguinidad
En caso de pertenecer al Régimen de Prima Media y hacer el paso al RAIS, ciertos empleadores o entidades –como Colpensiones– reconocerán lo cotizado mediante un título valor conocido como Bono Pensional, que aplica solo si has cotizado más de 150 semanas en el RPM.
RPM
Las semanas requeridas para recibir la pensión son 1300.
La edad mínima para pensionarse es de 57 años para las mujeres; y 62 años, para los hombres. Solo existe una modalidad: Renta Vitalicia.
Por ser un fondo común no ofrece la posibilidad de heredar los saldos, pues no existen las cuentas individuales.
La pensión equivale a un porcentaje del Ingreso Base de Liquidación (IBL) que se define según la edad, el número de semanas cotizadas y el salario sobre el que se cotizó durante los últimos 10 años.
Los rendimientos no benefician directamente al Afiliado ya que es un fondo común.
El porcentaje inicial de la pensión será equivalente al 65% del Ingreso Base de Liquidación (IBL) para las primeras 1.000 semanas y por cada 50 semanas adicionales, el IBL de pensión incrementa en 1.5% sin sobrepasar el 80% del IBL.
La pensión no puede ser inferior a 1 SML

Responder
SANDRA MILENA MORENO PEDRAZA
12/14/2019 10:53:29 am

8. “El principio de favorabilidad en materia laboral, consagrado en los artículos 53 de la Constitución Política y 21 del Código Sustantivo del Trabajo, consiste en la obligación de todo servidor público de optar por la situación más favorable al empleado, en caso de duda en la aplicación e interpretación jurídicas. Cuando una norma admite varias interpretaciones, ha expuesto esta Corte que para la aplicación de la favorabilidad deben presentarse, además, dos elementos, a saber: (i) la duda seria y objetiva ante la necesidad de elegir entre dos o más interpretaciones, ello, en función de la razonalibidad argumentativa y solidez jurídica de una u otra interpretación; y, (ii) la efectiva concurrencia de las interpretaciones en juego para el caso concreto, es decir, que sean aplicables a los supuestos fácticos concretos de las disposiciones normativas en conflicto.”
9. se debe direccionar al fondo privado y Colpensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos, siguiente a que se reciba la negativa por parte de estas instituciones, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial.
El argumento central para que se pueda decretar la anulación del traslado es que el afiliado asegure que no recibió la información correspondiente para realizar la afiliación.
10. La concurrencia se basa en que dos cosas o actividades coincidan en un mismo objeto contractual. Esta relación implica que aún si el contrato de trabajo se presenta involucrado o en concurrencia con otro u otros, no pierde su naturaleza y, por tanto, las normas del Código Sustantivo del Trabajo pueden serle aplicadas.
coexistencia de contratos un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo.

Responder
Luisa Fernanda Mnedoza Gonzalez
12/14/2019 01:07:22 pm

TALLER DE PENSIONES

1. ¿En qué consisten los Beps y quienes se pueden beneficiar?

BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario para la vejez. Ofrece alternativas para que las personas de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital para la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrece micro seguros, a quienes se vinculen al programa.
Consiste en que las personas de escasos recursos recibirán un ingreso cada dos meses, personal e individual cuyo valor del subsidio otorgado por el gobierno cuyo valor será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado. Que serán de manera voluntaria a largo plazo.
Para acceder a este programa que es impulsado por el gobierno nacional mediante col pensiones se debe : Ser ciudadano colombiano, mayor de 18 años, y se verán beneficiadas las personas que cuenten con ingresos inferiores a 1 Salario Mínimo Mensual Vigente, en caso de indígenas residentes en resguardos, deberán presentar el listado censal.


2. ¿Las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas?
La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la antesala de la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible con total transparencia e información cierta. La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado. Llegando a la conclusión de la necesidad de implementar un modelo de simulación, entendiendo ello como el sistema que permita que un futuro pensionado que cuente con los requisitos exigidos por la ley pueda acceder a un piloto de modalidades pensionales, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.

Es menester reconocer que se debe realizar una lectura estructural sobre la problemática pensional en el país, puesto que en la aplicación del principio de igualdad parte del diseño primario del Sistema General de Seguridad Social, queda claro que las políticas de privatización en respuesta al proceso de globalización conducen a una valoración del individuo, como cifras antes que como ser humano que demanda satisfacer unas necesidades básicas enmarcadas en la edad, la invalidez y la sobrevivencia.
El aspecto financiero es una característica preponderante en el Régimen de
Ahorro Individual, por lo que debemos considerar la información asimétrica desde un punto de vista distintivo, y es cuando una de las partes que interviene en la negociación no cuenta con la misma información que la otra sobre el producto, servicio o activo objeto de la transacción. Lo que conduce a un fallo de mercado
que proporciona un resultado económico ineficiente.
Esa información asimétrica genera la aparición de comportamiento oportunistas en relación con la toma de decisiones financieras, en la formación de precios, en
la valoración de activos financiero y en el conflicto entre propiedad y control.

La asimetría de la información y las consecuencias de la misma, en el caso del sistema pensional por capitalización, donde se observa una fuerte asimetría entre las AFP y los afiliados a favor de las primeras y una política fuerte de diferenciación
de productos, ambos factores no permiten una significativa sensibilidad de la demanda respecto a las variables relevantes en la generación de ahorro tales como precio y rentabilidad.

Un ejemplo de ello es que la elección de la administradora por parte del consumidor no es en función de la rentabilidad de los fondos porque existe desinformación por parte de los consumidores respecto de la rentabilidad de los fondos y su mecanismo de medición. Para poder escoger s

Responder
DANIEL JOSE CALDERIN HERNANDEZ
12/14/2019 05:34:58 pm

TRABAJO PENSIONES PRESENTADO POR DANIEL CALDERIN

1. Los beneficios económicos periódicos es un programa de ahorro voluntario, diseñado para proteger a aquellas personas que no tienen los recursos para cotizar a pensión las cuales construyen un capital que podrá ser disfrutado de por vida
Requisitos para las personas:
Que el beneficiario si es mujer haya cumplido 57 años de edad, o si es hombre 62 años de edad.
Que el monto de los recursos ahorrados, más el valor de los aportes obligatorios, más los aportes voluntarios al Fondo de Pensiones Obligatorio y otros autorizados por el Gobierno Nacional no sean suficientes para obtener una pensión mínima.
Que el monto anual del ahorro en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad sea inferior al aporte mínimo anual señalado en el Sistema General de Pensiones.
2. asimetría de las pensiones
Entre las características de dicha asimetría se pueden encontrar las siguientes: selección adversa, riesgo moral y comportamiento de rebaño.
Con selección adversa, se trata de describir aquellas situaciones de “oportunismo precontractual” en que la parte menos informada no es capaz de distinguir la buena o mala calidad de lo ofrecido por la otra parte, por lo que acaba suponiendo que lo más probable es la posibilidad peor, ya que, por lo general, es lo más interesante para el otro agente.
Se considera que existe un problema de riesgo moral (o acción oculta) cuando una parte de la transacción puede adoptar determinadas acciones que afectan a la valoración que la otra parte ha hecho de la transacción, pero que esta no puede controlar perfectamente.
Y el comportamiento de rebaño o la “psicología de masa” bajo la cual actúan los especuladores financieros, es decir, el comportamiento especulativo de una masa de individuos ignorantes que se guía por valuaciones precarias o convencionales
3. La Ley 33 de 1985, rige desde el 13 de febrero de 1985, fecha de su promulgación, y es aplicable a los empleados oficiales de todos los órdenes; para la pensión ordinaria de jubilación exige que el empleado oficial haya servido 20 años continuos o discontinuos y tenga 55 años de edad y este tendrá derecho a que por la respectiva entidad de previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al 75% del promedio de los salarios devengados durante el último año de servicio.
4. El gobierno expidió el Decreto Ley 2111 de 2019 por medio del cual formalizó la creación del Grupo Bicentenario. Se trata de una holding estatal que agrupará a las empresas financieras y aseguradoras en las que el Estado tiene participación. preocupa que la holding incluya empresas como la Nueva EPS y Col pensiones, pues en este concepto, el decreto pone en grave riesgo la salud y la seguridad social de los colombianos aun así esto fue desmentido y no harán parte de la sociedad Grupo Bicentenario todas las empresas administradoras de seguridad social de pensiones y salud con participación pública, tales como Nueva EPS y Col pensiones, y que la creación del Grupo; Financiero Estatal no implicará la disminución del número de empleos de la planta de personal de las entidades que lo conforman, ni afectará las condiciones laborales de los trabajadores.
5. la tasa de reemplazo es la proporción de mesada pensional con respecto al ingreso base de liquidación y en Colombia puede variar entre el 65% y el 85% del IBL.
Se va a liquidar la pensión de un trabajador cuyo ingreso base de liquidación resultó ser $ 6.000.000, no es beneficiario del régimen de transición y sólo cotizó el mínimo de semanas requeridas para obtener la pensión. Los pasos a seguir son los siguientes:
1. Dividimos $ 6.000.000 entre $ 828.116 (salario mínimo legal) = 7.24
2. Multiplicamos 7.24 X 0.5 = 3.62
3. A 65.5 le restamos 3.62 = 61.88%
4. Multiplicamos $ 6.000.000 X 61.88% = $ 3.712.800 que es el valor de la pensión.
6. El IBC es la porción del salario del trabajador dependiente o independiente que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte respectivo al momento de realizar la cotización al Sistema General de Seguridad Social en Salud, el IBC, se determina, según el tipo de trabajador.
Se entiende por ingreso base para liquidar IBL las pensiones previstas en esta Ley, el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión.
7. RAIS:
No hay mínimo de semanas requeridas. La pensión depend

Responder
DANIEL JOSE CALDERIN HERNANDEZ
12/14/2019 05:37:18 pm

7. RAIS:
No hay mínimo de semanas requeridas. La pensión dependerá únicamente de tu ahorro y de los rendimientos obtenidos a través del tiempo.
No hay una condición de edad. Lo importante es que el capital de tu Cuenta de Ahorro Individual financie una pensión, por lo menos, del 110% del salario mínimo mensual legal vigente.
Cuando llegue el momento de pensionarte podrás elegir una de las siete modalidades de pensión de las Administradoras de Fondos de Pensión
Como eres el único dueño de tu ahorro pensional, si no hay beneficiarios, los saldos de tu cuenta son heredables, hasta el quinto grado de consanguinidad
En caso de pertenecer al Régimen de Prima Media y hacer el paso al RAIS, ciertos empleadores o entidades –como Colpensiones– reconocerán lo cotizado mediante un título valor conocido como Bono Pensional, que aplica solo si has cotizado más de 150 semanas en el RPM
RPM:
Las semanas requeridas para recibir la pensión son 130
La edad mínima para pensionarse es de 57 años para las mujeres; y 62 años, para los hombres.
Solo existe una modalidad: Renta Vitalicia.
La pensión equivale a un porcentaje del Ingreso Base de Liquidación (IBL) que se define según la edad, el número de semanas cotizadas y el salario sobre el que se cotizó durante los últimos 10 años.
El porcentaje inicial de la pensión será equivalente al 65% del Ingreso Base de Liquidación (IBL) para las primeras 1.000 semanas y por cada 50 semanas adicionales, el IBL de pensión incrementa en 1.5% sin sobrepasar el 80% del IBL. La pensión no puede ser inferior a 1 SMLMV ni superior a 25 SMLMV.
8. el principio de favorabilidad en materia laboral consiste en el deber que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Más allá de la duda ante dos normas, la jurisprudencia sostiene que este principio se aplica inclusive cuando una sola norma admite diversas interpretaciones
En tales eventos, “los cánones protectores de los derechos del trabajador y la seguridad social ordenan la elección de la disposición jurídica que mayor provecho otorgue al trabajador, o al afiliado o beneficiario del sistema de seguridad social”
9. Inicialmente, las administradoras de fondos pensionales (AFP) tenían el deber de brindar información a los afiliados o usuarios del sistema pensional, para que adoptaran una decisión consciente y libre sobre su futuro pensional.



Posteriormente, las AFP también adquirieron la obligación de otorgar asesoría y buen consejo; finalmente, se les impuso la exigencia de doble asesoría.
En cualquier caso en que estas anteriores etapas o requisitos sean saltadas o hechas de forma incorrecta se podrá iniciar un proceso de nulidad de traslado o ineficacia de esta misma
10. La concurrencia se basa en que dos o más actividades coincidan en un mismo objeto contractual además que esta relación no implica perder su naturaleza y, por tanto, las normas del Código Sustantivo del Trabajo pueden serle aplicadas.
Coexistencia de contratos es aquel evento en que un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo

Responder
MARIA CAMILA CORREA PENAGOS
12/15/2019 11:26:35 am

TALLER DE PENSIONES

1. ¿En qué consisten los BEPS y quienes se pueden beneficiar?
RTA/
BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario para la vejez.Ofrece alternativas para que las personas de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital para la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrece micro seguros, a quienes se vinculen al programa.
Consiste en que las personas de escasos recursos recibirán un ingreso cada dos meses, personal e individual cuyo valor del subsidio otorgado por el gobierno cuyo valor será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado. Que serán de manera voluntaria a largo plazo.
Para acceder a este programa que es impulsado por el gobierno nacional mediante col pensiones se debe : Ser ciudadano colombiano, mayor de 18 años, y se verán beneficiadas las personas que cuenten con ingresos inferiores a 1 Salario Mínimo Mensual Vigente, en caso de indígenas residentes en resguardos, deberán presentar el listado censal.


2. ¿Las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas?
RTA//
CARACTERISTICAS
• La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría) ,formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
• Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible, transparencia e información cierta.
• La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado.
• la necesidad de implementar un modelo de simulación, entendiendo ello como el sistema que permita que un futuro pensionado que cuente con los requisitos exigidos por la ley pueda acceder a un piloto de modalidades pensionales, en materias de alta complejidad.
• Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados a satisfacer el interés colectivo de todas las personas.
• El carácter financiero es importante en el Régimen de Ahorro Individual, se debe considerar la información asimétrica desde un punto de vista distintivo, y es cuando una de las partes que interviene en la negociación no cuenta con la misma información que la otra sobre el producto, servicio o activo objeto de la transacción. Lo que conduce a un fallo de mercado que proporciona un resultado económico ineficiente.
•
la asimetría genera la aparición de comportamiento oportunistas en relación con la toma de decisiones financieras, en la formación de precios, en
la valoración de activos financiero y en el conflicto entre propiedad y control.
•

La asimetría de la información y las consecuencias de la misma, en el caso del sistema pensional por capitalización, donde se observa una fuerte asimetría entre las AFP y los afiliados a favor de las primeras y una política fuerte de diferenciación de productos, ambos factores no permiten una significativa sensibilidad respecto a las variables en la generación de ahorro como precio y rentabilidad.

Se tendrá que estudiar la problemática pensional en Colombia, ya que en la aplicación Sistema General de Seguridad Social debe sostenerse en la igualdad, en contravía va las políticas de privatización aunque de respuesta a el fenómeno de globalización por lo anterior es necesario hacer una caracterización teniendo en cuenta que se debe satisfacer las necesidades básicas enmarcadas en la edad, la invalidez y la sobrevivencia.
3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
RTA//
VENTAJAS Y DIFERENCIAS
• Las personas pueden escoger libre y voluntariamente, en cualquiera de los dos regímenes RAIS Y RPM.
• Aportes Voluntarios: Existe la posibilidad de realizar aportes voluntarios dentro del Fondo de Pensi

Responder
MARIA CAMILA CORREA PENAGOS
12/15/2019 11:31:29 am

• Aportes Voluntarios: Existe la posibilidad de realizar aportes voluntarios dentro del Fondo de Pensiones Obligatorias. RPM No existe.
• Multi fondos: en RAIS Posibilidad de escoger diferentes portafolios de inversión: Conservador, Moderado y Mayor Riesgo Según los objetivos: de edad y perfil de riesgo de cada afiliado en RPM por ser un solo fondo común o se aplica esto.
• Requisitos de Pensión: RAIS Capital acumulado en la cuenta individual monto exigido por la aseguradora. Tiempo: equivalente a semanas cotizadas y edad del afiliado. Excedentes de libre Disponibilidad sujeto a condiciones: RPM no se requiere un capital acumulado tan solo las semanas requeridas y la edad por la ley.
• Fallecimiento del afiliado o pensionado, y no hay beneficiarios de pensión: En caso de fallecimiento del afiliado o pensionado y no existan beneficiarios de pensión, los recursos que de la cuenta individual y bono pensional (si tiene derecho a este) acrecentaran la masa sucesoral y dichas sumas se entregaran a los herederos de acuerdo a juicio de sucesión. RPM no se aplica este beneficio.
DIFERENCIAS
• RAIS & RPM modalidades de Pensión: Existen varias modalidades de pensión, unas a cargo de la AFP y otras a cargo de la aseguradora de elección del pensionado. RPM está a cargo de COLPENSIONES entidad del estado.
• Edad de Pensión: El afiliado escoge la edad en la que desea pensionarse siempre y cuando cumpla con el capital requerido para financiar dicha pensión. El afiliado se pensiona a las edades establecidas en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 o de acuerdo a la normatividad que le aplique al caso en particular. Se aplica el Auxilio Funerario según artículo 86 de la Ley 100 de 1993. RPM Sí hay auxilio funerario Art 51 de la Ley 100 de 1993 ,el afiliado se pensionara de acuerdo a la edad y a las semanas cotizadas que exige la ley .
• Devolución de Saldos: RAIS Si no cumple con los requisitos para obtener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, tendrá derecho a la devolución de saldos pero no en su totalidad. RPM Si no cumple con los requisitos para obtener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, tendrá derecho a recibir una indemnización sustitutiva de acuerdo a los artículos 37, 45 y 49 de la Ley 100 de 1993.
• Edad de Pensión: RAIS El afiliado escoge la edad en la que desea pensionarse siempre y cuando cumpla con el capital requerido para financiar dicha pensión. RPM El afiliado se pensiona a las edades establecidas en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 o de acuerdo a la normatividad que le aplique al caso en particular.
3. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?

RTA//
Con la expedición del decreto 2111 de año 2009 se establece que las empresas publicas pasara a hacer privadas afectando en gran medida el Sistema de Seguridad Social pues prohíbe la participación de empresas públicas que prestan servicios de seguridad social y que por medio del holding se incluirán empresas como la Nueva EPS y Col pensiones, ate poniendo en un grave riesgo la salud y la seguridad social de los colombianos. Siendo así “La Nueva EPS y Col pensiones irían a funcionar sobre un mercado financiero de especulación”. Generando reformas sigificativas de las empresas públicas, sus objetivos, su funcionamiento y su relación con el mismo Estado, lo cual implica un cambio en las condiciones de los trabajadores e incluso aumento de la inestabilidad laboral del sector privado.
El holding financiero deberá operar respecto a reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas públicas que harán parte de este holding, como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fidu-previsora, entre otras, pasarán a regirse por reglamentaciones del sector privado, en contraposición al bien común de los recursos públicos del Estado. El Gobierno pretende que sea el tercer grupo financiero más grande del país y pueda competir al mismo nivel de los conglomerados del sector privado, acabando con las empresas públicas y abriendo pasó a un neoliberalismo agresivo vendiendo todas las fuentes de producción y servicios a privados.
4. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo:

RTA//
La Tasa de Reemplazo es el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse s

Responder
MARIA CAMILA CORREA PENAGOS
12/15/2019 11:35:49 am

se le asigna una pensión de $4000, su Tasa de Reemplazoesde80%.
En Colombia la tasa de reemplazo es diferente dependiendo del régimen: 73,1% para el público y 38,6% para el privado.
Ejemplo:
Salario: 3.000.000
R= 65.5 – (0.5 (3)
65,5 – 1.5
= 64% quiere decir que la tasa de remplazo será del 64%

6 ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
El ingreso base de cotización es el monto del salario del trabajador, excluyendo aquellos pagos que la ley o las partes han considerado como no constitutivos de salario .Entre los pagos que forman parte del ingreso base de cotización tenemos el salario como tal, las horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos, las comisiones es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
Asalariados e independientes deben realizar los pagos que correspondan a la seguridad social, y esos pagos se realizan sobre la base de cotización que la ley ha determinado.
En el caso de los trabajadores asalariados el IBC es el salario que devengan, y en el caso de los trabajadores independientes es el 40% de los ingresos obtenidos en el respectivo periodo siempre que el resultado no sea inferior al salario mínimo.

A diferencia de este el Ingreso Base de Liquidación (IBL) es el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado un afiliado al Régimen de Prima Media (RPM) en los últimos 10 años anteriores al otorgamiento de la pensión, actualizados anualmente con base a la variación del IPC. Siendo el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.
la diferencia es que el IBC es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social, en tanto el IBL es la base sobre La ARL, la EPS o el fondo de pensión liquidan esos pagos sobre una base también dispuesta por la ley y es la base del Ingreso de Liquidación.
7. ¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
RTA//
En el régimen solidario de prima media con prestación definida (RPM), los afiliados o sus beneficiarios deben pagar cotizaciones periódicas a un fondo común naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones a quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

• RAIS obtener una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas.

• RPPM Las personas afiliadas a este régimen obtendrán el derecho a la pensión de vejez, previamente establecida por la ley, cuando cumplan con los requisitos legales de edad y semanas de cotización.
•
RAIS está constituido por el conjunto de entidades, normas y procedimientos mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados. Los aportes no ingresan a un fondo común, sino que son depositados en una cuenta individual de ahorro pensional constituida a título personal. el capital ahorrado en la cuenta individual de los afiliados y la pensión, lo cual determina que el valor de la pensión sea variable sin que sea necesario el cumplimiento de una edad determinada o de un número mínimo de semanas de cotización y no previamente definido como en el régimen de prima media.
8-¿Explique en que consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica?
RTA//
El principio de favorabilidad consiste en que cuando se tienen 2 normas vigentes se aplicara la más favorable , igualmente correlacionado con este encontramos el principio de in dubio pro operario el cual se aplica cuando se tiene dos interpretaciones jurisprudenciales , se aplicara la más favorable junto con la condición más beneficiosa la cual se emplea en los casos cuando una norma esta derogada pero es beneficiosa se dará aplicación a esta solo en los casos de pensión por invalidez y pensión de sobreviviente. estos principios se encuentra plenamente garantizados mediante la aplicación del principio de favorabilidad que se consagra en materia laboral, no sólo a nivel constitucional sino también legal, y a quien corresponde determinar en cada caso concreto cuál norma es más ventajosa o benéfica para el

Responder
MARIA CAMILA CORREA PENAGOS
12/15/2019 11:38:47 am

trabajador es a quien ha de aplicarla o interpretarla.
Cuando una misma situación jurídica se halla regulada en distintas fuentes formales del derecho (ley, costumbre, convención colectiva, etc.), o en una misma, es deber de quien ha de aplicar o interpretar las normas escoger aquella que resulte más beneficiosa o favorezca al trabajador. La favorabilidad opera, no sólo cuando existe conflicto entre dos normas de distinta fuente formal, o entre dos normas de idéntica fuente, sino también cuando existe una sola norma que admite varias interpretaciones.
9. ¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o ineficacia del mismo?

RTA//
Se debe iniciar cuando el traslado de un fondo a otro no es beneficioso u se hizo de manera irregular el lleno de los formularios sin la información completa y ya no está en tiempo para ejecutar dicho traslado.
Si se acerca al fondo privado y Col pensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos.

Cuando reciba la negativa por parte de estas instituciones por no estar en tiempo, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial por cuanto el afiliado asegure que no recibió la información precisa y correcta sobre los efectos que se produjeron con el cambio de régimen pensional.

10. ¿cuál es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia?

RTA//
La concurrencia aplica cuando un trabajador celebra varios contratos con el mismo empleador, mientras que la coexistencia de los contratos es cuando un trabajador tiene varios contratos con diferentes empleadores. Para efecto del ingreso base de cotización se deberá tener en cuenta cada aporte que se haga por cada contrato que haya celebrado.


Responder
DIANA CAROLINA LA ROTTA
12/15/2019 01:44:42 pm

DIANA CAROLINA LA ROTTA

UNIVERSIAD AUTONOMA DE COLOMBIA

TALLER DE PENSIONES

1. ¿Que son los BEPS y quienes pueden ser beneficiaros?
RTA
Los Beneficios Económicos Periódicos son un mecanismo individual, independiente, autónomo y voluntario de protección para la vejez, que se ofrece como parte de los Servicios Sociales Complementarios y que se integra al Sistema de Protección a la Vejez, con el fin de que las personas de escasos recursos que participen en este mecanismo obtengan hasta su muerte un ingreso periódico, personal e individual.
Los beneficiarios de los BEPS pueden ser las personas perteneciente al nivel I II, III del Sisbén que ni tengan los recursos económicos para poder cotizar en el sistema general de pensiones.
2. Mencione las características que presentan la asimetría de las pensiones en Colombia
RTA
• La información debe comprender todas las etapas, desde antes de la afiliación hasta la determinación de la condiciones de como disfrutar la pensión.
• Las AFP tienen el deber de proporcionar a los interesados información completa y con total transparencia.
• La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional.
• Llegando a la conclusión de la necesidad de implementar un modelo de simulación, entendiendo ello como el sistema que permita que un futuro pensionado que cuente con los requisitos exigidos por la ley pueda acceder a un piloto de modalidades pensionales, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.

3. Cuales son las ventajas de la ley 33 del año 1985 en relación con el RPM Y RAIS
Las ventajas de la ley 33 del 1985, esta ley rige de manera ultractiva y aún produce efectos jurídicos en nuestro ordenamiento. Esto obedece a que, en consideración a la existencia de una multiplicidad de regímenes pensionales anteriores a la reforma introducida por la Ley 100 de 1993, y con el propósito de proteger la expectativa legítima de adquirir el derecho a la pensión en las conrige de manera ultractiva y aún produce efectos jurídicos en nuestro ordenamiento. Esto obedece a que, en consideración a la existencia de una multiplicidad de regímenes pensionales anteriores a la reforma introducida por la Ley 100 de 1993, y con el propósito de proteger la expectativa legítima de adquirir el derecho a la pensión en las condiciones particulares de cada régimen, la misma Ley, en su artículo 36, previó un régimen de transición (…) El régimen de transición previsto en la Ley 100 de 1993 se creó para proteger las expectativas legítimas que tenían los trabajadores afiliados al régimen de prima media con prestación definida a la fecha de su entrada en vigencia y que estuvieran próximos a pensionarse.diciones particulares de cada régimen, la misma Ley, en su artículo 36, previó un régimen de transición (…) El régimen de transición previsto en la Ley 100 de 1993 se creó para proteger las expectativas legítimas que tenían los trabajadores afiliados al régimen de prima media con prestación definida a la fecha de su entrada en vigencia y que estuvieran próximos a pensionarse.
4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
RTA al crearse el grupo Bicentenario se plantea que algunas EPS y Colpensiones entrarían a a funcionar como mercado financiero y las empresas públicas como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fiduprevisora, entre otras, empezaran a regirse por la reglamentación del sector privado
5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
RTA. La Tasa de Reemplazo no es más el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa d,e Reemplazo es de 80%

Responder
DIANA CAROLINA LA ROTTA
12/15/2019 01:47:54 pm

5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
RTA. La Tasa de Reemplazo no es más el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa d,e Reemplazo es de 80%
TR = (4000 / 5000) x 100 = 80%
Actualmente la taza de remplazo esta del 65% al 85%

6. ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
RTA. La diferencia que hay entre estos IBC Y IBL dos conceptos radica en que el IBC es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social, en tanto el IBL es la base sobre la que se liquidan las prestaciones económicas a favor del aportante o cotizante
7. cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
RTA
• En el RAI los beneficiarios escogen la edad de pensión, siempre y cuando cumplan con el total de del capital requerido para financiar la pensión.
• En el RPM los beneficiarios se podrán pensionar a las edades establecidas en la normatividad vigente, el este caso si es hombre a los 62 años y si es mujer a los 57 años y también se requiere tener un numero de semanas cotizadas.
• el artículo 74 de la Ley 100 de 1993 señala quiénes son beneficiarios de la pensión de sobrevivientes de los afiliados al régimen de ahorro individual con solidaridad, en los siguientes términos:
• "a) En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite.
• b) Los hijos menores de 18 años; los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante al momento de su muerte; y, los hijos inválidos si dependían económicamente de causante, mientras subsistan las condiciones de invalidez, y
• c) A falta del cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante si dependían económicamente de éste.
• De otra parte, el artículo 8° del Decreto 1889 de 1994 dispone que la pensión de sobrevivientes se distribuye, en los sistemas generales de pensiones y de riesgos profesionales de la siguiente forma:
• l. El 50%: para el cónyuge o compañera o compañero permanente del causante, y el otro 50% para los hijos de éste, distribuido por partes iguales.
• A falta de hijos con derecho o cuando su derecho se pierda o se extinga, la totalidad de la pensión corresponderá al cónyuge o compañera o compañero permanente del causante con derecho.
• A falta de cónyuge o compañera o compañero permanente o cuando su derecho se pierda o se extinga, la totalidad de la pensión corresponderá a los hijos con derecho por partes iguales.
• 2. Si no hubiese cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, la pensión de sobrevivientes, corresponderá en su totalidad a los padres con derecho, por partes iguales.
• 3. Si no hubiese cónyuge, compañero o compañera permanente, hijos o padres con derecho, en el régimen de prima media con prestación definida y en el sistema general de riesgos profesionales, la pensión corresponderá a los hermanos inválidos con derechos por partes iguales, y en el régimen de ahorro individual los recursos de la cuenta individual harán parte de la masa sucesoral de bienes del causante.
8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
RTA
En materia laboral El principio de favorabilidad consiste en que en el deber que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Más allá de la duda ante dos normas, la jurisprudencia sostiene que este principio se aplica inclusive cuando una sola norma admite diversas interpretaciones el cual tiene como fundamento legal el art 53 de la constitución política de Colombia y el articulo 21 del código sustantivo del trabajo

9. ¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
RTA: cuando cualquier beneficiario que pert

Responder
DIANA CAROLINA LA ROTTA
12/15/2019 01:49:56 pm

9. ¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
RTA: cuando cualquier beneficiario que pertenezca a cualquiera de los fondos se haya trasladado de cuanquier otro fondo de pensiones presente irregularidad en el servicio o haya hecho e traslado bajo engaño información no precisa sobre las características de cada fondo.
Como primer paso para solicitar la nulidad de traslado el beneficiario debe solicitar al fondo el traslado. Si el beneficiario recibe una negativa por el parte del fondo puede acudir ante un juez laboral donde podrá interponer una demanda de nulidad del traslado.
10. ¿Cuál es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotización?
RTA: LA DIFERENCIA ENTRE CONCURRENCIA DE CONTRATOS Y COEXISTENCIA DE CONTRATOS ES QUE el la concurrencia se aplica cuando un empleado celebra carios contratos con un mismo empleador. Y la coexistencia de contratos Es cuando un mismo trabajador celebra varios contratos con diferentes empleadores
Lo anterior se debe tener en cuenta que para promediar el ingreso base de cotización se deberá tener en cuenta cada aporte que se haga por cada contrato

Responder
Hellen Molina Giraldo
12/15/2019 03:45:31 pm

Que son los BEPS y quienes pueden ser beneficiaros?
Los Beneficios Económicos Periódicos es un mecanismo de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario de protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de un capital para la mejora de sus ingresos en la edad adulta.
Los beneficiarios de los BEPS pueden ser las personas perteneciente al nivel I II, III del sisben. Es de carácter vitalicio y además de ellos cuanta con un subsidio otorgado por el gobierno.
2. Mencione las características que presentan la asimetría de las pensiones en Colombia.
La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría) ,formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
• Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible, transparencia e información cierta.
• La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado.
De la asimetria se generar los siguientes problemas: selección adversa, riesgo moral y compartimento de rebaño o manada.
3.Cuales son las ventajas de la ley 33 del año 1985 en relación con el RPM Y RAIS?
La Ley 33 de 1985, rige desde el 13 de febrero de 1985, fecha de su promulgación, y es aplicable a los empleados oficiales de todos los órdenes; para la pensión ordinaria de jubilación exige que el empleado oficial haya servido 20 años continuos o discontinuos y tenga 55 años de edad y este tendrá derecho a que por la respectiva entidad de previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al 75% del promedio de los salarios devengados durante el último año de servicio. esta ley rige de manera ultractiva y aún produce efectos jurídicos en nuestro ordenamiento.
4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
Con la expedición del decreto 2111 de año 2009 se establece que las empresas publicas pasara a ser privadas afectando en gran medida el Sistema de Seguridad Social pues prohíbe la participación de empresas públicas que prestan servicios de seguridad social y que por medio del holding se incluirán empresas como la Nueva EPS y Colpensiones, poniendo en un grave riesgo la salud y la seguridad social de los colombianos.
5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
La Tasa de Reemplazo no es más el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse.
Actualmente la taza de remplazo esta del 65% al 85%
6. ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
El IBC es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social, en tanto el IBL es la base sobre la que se liquidan las prestaciones económicas a favor del aportante o COTIZANTE.
7. ¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
En el régimen solidario de prima media con prestación definida (RPM), los afiliados o sus beneficiarios deben pagar cotizaciones periódicas a un fondo común naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones a quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

RAIS obtener una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas.

RPPM Las personas afiliadas a este régimen obtendrán el derecho a la pensión de vejez, previamente establecida por la ley, cuando cumplan con los requisitos legales de edad y semanas de cotización.

RAIS está constituido por el conjunto de entidades, normas y procedimientos mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados. Los aportes no ingresan a un fondo común, sino que son depositados en un

Responder
Hellen Molina Giraldo
12/15/2019 03:51:09 pm

8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica?
Sustantivo del Trabajo en su artículo 21, contempla el principio de favorabilidad, así: "En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad"consiste en el deber que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Más allá de la duda ante dos normas, la jurisprudencia sostiene que este principio se aplica inclusive cuando una sola norma admite diversas interpretaciones
9. ¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
Cuando presente irregularidad en el servicio o haya hecho el traslado bajo engaño información no precisando sobre las características de cada fondo. En otras palabras cuando no se de la asimetria de información respecto a cada fondo.
10. ¿Cuál es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotización?
La concurrencia se aplica cuando un empleado celebra carios contratos con un mismo empleador. Y la coexistencia de contratos Es cuando un mismo trabajador celebra varios contratos con diferentes empleadores.

Responder
JULIETH ANGEL MARTINEZ
12/15/2019 06:50:45 pm

1. En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar

RTA: Sus siglas significan Beneficios Económicos Periódicos. Las BEPS son un programa de ahorro individual, voluntario, independiente y autónomo el cual tiene como finalidad proteger la vejez de todo Colombiano el cual haya llegado a la edad requerida para pensionarse y que así mismo hicieron sus aporte en el régimen público o privado pero que no cumplieron con el capital necesario. Estos BEPS hacen parte de un programa que el gobierno creo en el año 2005, en donde el administrador es Colpensiones.

Se debe tener claro que los BEPS no son una pensión. Estos lo que son es un mecanismo alternativo de ahorro que forma parte del nuevo modelo de protección para la vejez pero es independiente del sistema general de pensiones.

Los beneficios de las BEPS son:
✓ Mejora los ingresos y la calidad de vida en la edad adulta.
✓ Es de carácter vitalicio.
✓ Permite que las personas de bajos recursos tengan un ingreso cada 2 meses, personal e individual.
✓ Crea en la población de escasos recursos una cultura de ahorro voluntario a largo plazo.
✓ El gobierno les otorga un subsidio el cuál será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado.
✓ Incentivo Periódico: Es un subsidio otorgado por el Estado, este se calcula de forma anual y de manera individual sobre el monto total de los aportes que se efectuaron por parte del vinculado al programa.
✓ Incentivos Puntuales: Estos se otorgan durante la etapa de ahorro y dentro de estos es posible encontrar: garantía de poder adquisitivo.


3. Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad

RTA: Lo más importante son los vinculados al régimen de pensiones ya que la cotización va a ser para los 2 regímenes


4. Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social

RTA: Este decreto es para privatizar las empresas públicas, esto quiere decir que de prohíbe la participación de empresas públicas las cuales prestan el servicio de seguridad social.


5. Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en colombia, elabore un ejemplo

RTA: La tasa de reemplazo nos indica la pérdida de poder adquisitivo que supondrá acceder a la jubilación. Este también es un indicador del grado en que un sistema de pensiones en donde se logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajos, manteniendo un poder adquisitivo elevado en la etapa de jubilación.


6. Cual es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización

RTA: La diferencia es que el ingreso base de cotización es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social y el ingreso base de liquidación es la base sobre la que se liquidan las prestaciones económicas a favor del aportante o cotizante.

En el ingreso base de cotización se da en la vigencia del contrato de trabajo o de la vida laboral y el ingreso base de liquidación se da cuando se ha cumplido con el tiempo establecido para acceder a los derechos pensionales.


7. Cual es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad

RTA: En el régimen solidario de prima media con prestación definida, sus beneficiarios deben pagar cotizaciones periódicas a un fondo común para obtener una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas.

 Los aportes de los afiliados y sus rendimientos constituyen un fondo común de naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones a quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.


8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica

RTA: el principio de favorabilidad en materia laboral consiste en el deber que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho.

Se aplica en los casos del reconocimiento de las pensiones, como el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o la pensión de vejez etc


9. Cuando se debe iniciar un proceso de nulidad de trasla

Responder
Julieth Ángel Martínez
12/15/2019 06:52:42 pm

9. Cuando se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo

RTA: el proceso de nulidad se inicia cuando la permanencia o no de un afiliado en cualquiera de estos regímenes (prima media y ahorro individual con solidaridad), es una cuestión inherente al derecho a la seguridad social y, por lo tanto, redunda en cualquier prestación que en materia pensional provenga de aquel

La declaración de ineficacia del traslado de régimen pensional es imprescriptible, ya que se trata de una pretensión meramente declarativa y por cuanto los derechos que nacen de aquella tienen igual connotación, al ser parte del derecho irrenunciable a la seguridad social 

10. Cual es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotizacion

RTA: Las actividades deben coincidir en el objeto contractual. En la coexistencia el trabajador tiene varios contratos pero con diferente empleador y en la concurrencia un solo trabajador celebra más de 1 contrato con un mismo empleador.

Responder
lina chicaguy
12/15/2019 06:50:49 pm

PARCIAL FINAL
PENSIONES

ESTUDIANTE: Lina Lucia Chicaguy Torres

1. En qué consisten los BEPS y quienes se pueden beneficiar

R/ Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrecerá beneficios adicionales como los micros seguros, a quienes se vinculen al programa.
Se pueden beneficiar:
Personas de escasos recursos
Ciudadanos con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente
Si eres mujer 57 años de e3dad y hombre 62 años

2. Características de la asimetría de las Pensiones.
R/ Las administradoras de pensiones deben proporcionar a sus interesados una información completa y que les sea comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.

3. Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad.
R/ Una de las ventajas que nos deja la Ley 33 es que crea una parte que se considera beneficiosa y es que el empleado oficial que haya servido veinte (20) años continuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) años de edad tiene derecho a que la caja de previsión donde este afiliado le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación la cual equivale al 75% del salario promedio que sirvió de base para aportes durante el último año de servicio. Solo para las personas sujetas a la decretarían de la ley que no estén en un régimen especial de pensiones.

4. Que incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el SGSS.
R/ Este decreto afecta al SGSS, debido a que el Estado no se le está viendo la participación y consagre sus labores para sacar adelante todo lo que se pueda para que este sistema esté bien equipado para que los trabajadores, este decreto creado por el gobierno y busca es privatizar empresas públicas y desmeritar a los trabajadores en su trabajo de4jandolos así sin el mismo.


5. Cuales son las tasas de reemplazo que se aplican en el Sistema General de Pensiones en Colombia, elabore un ejemplo.

R/ Las tasas de reemplazo utilizadas en Colombia para el Sistema General de Pensiones son:
 En el RPM, se establece una proporción del promedio en el ingreso base de cotización de los últimos 10 años.
 En el RAIS, corresponde a una proporción de los ahorros de la persona.
EJEMPLO
Un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa de Reemplazo es de 80%
TR = (4000 / 5000) x 100 = 80%

6. Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización.
R/ Ingreso Base de Cotización
Es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones en el sistema de seguridad social en Colombia.
Ingreso Base de Liquidación
Es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.
7. Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del RPMCPD y el RAIS.

R/ Aquella diferencia que existe entre el uno y el otro es que el:
 Régimen de prima media con prestación definida es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas. Son aplicables a este Régimen, las disposiciones vigentes para los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte a cargo del Instituto de Seguros Sociales.
 El régimen de ahorro individual con solidaridad el cual los afiliados, tendrán derecho a una pensión de vejez, a la edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener un

Responder
lina chicaguy
12/15/2019 06:52:09 pm

8. Explique en que consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
R/ Consiste en la obligación de todo servidor público de optar por la situación más favorable al empleado, en caso de duda en la aplicación e interpretación jurídicas. Cuando una norma admite varias interpretaciones, ha expuesto esta Corte que para la aplicación de la favorabilidad deben presentarse, además, dos elementos, a saber: (1) la duda seria y objetiva ante la necesidad de elegir entre dos o más interpretaciones, ello, en función de la razonabilidad argumentativa y solidez jurídica de una u otra interpretación; y, (2) la efectiva concurrencia de las interpretaciones en juego para el caso concreto, es decir, que sean aplicables a los supuestos fácticos concretos de las disposiciones normativas en conflicto.
Se aplica en los casos de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad"; se parte entonces del presupuesto de la coexistencia de varias normas laborales vigentes que regulan una misma situación en forma diferente, evento en el cual habrá de aplicarse la norma que resulte más benéfica para el trabajador. Dicho principio difiere del "in dubio pro operario", según el cual toda duda ha de resolverse en favor del trabajador; porque en este caso tan sólo existe un precepto que reglamenta la situación que va a evaluarse, y como admite distintas interpretaciones, se ordena prohijar la que resulte más favorable al trabajador¿ La "condición más beneficiosa" para el trabajador, se encuentra plenamente garantizada mediante la aplicación del principio de favorabilidad que se consagra en materia laboral, no sólo a nivel constitucional sino también legal, y a quien corresponde determinar en cada caso concreto cuál norma es más ventajosa o benéfica para el trabajador es a quien ha de aplicarla o interpretarla.
9. Cuando se debe iniciar un proceso de traslado o de ineficiencia del mismo.
R/ primeramente lo que se debe hacer es dirigirse ante el fondo privado y Col pensiones presentado una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos.
Posterior a que se recibe la respuesta negativa por parte de estas instituciones, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial.

El argumento central para que se pueda decretar la anulación del traslado es que el afiliado asegure que no recibió la información precisa y correcta sobre los efectos que se produjeron con el cambio de régimen pensional.

10. Cuál es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotización.
R/ se da cuando el trabajador estando en la mitad de la relación de trabajo se ve incluido en uno o varios contratos de distinta naturaleza que se celebraron entre las mismas partes. Se presenta cuando el trabajador celebra varios contratos con empleadores de diferente tipo.

Responder
lina chicaguy
12/15/2019 06:54:28 pm

respuesta completa de la pregunta siete

7. Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del RPMCPD y el RAIS.

R/ Aquella diferencia que existe entre el uno y el otro es que el:
 Régimen de prima media con prestación definida es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas. Son aplicables a este Régimen, las disposiciones vigentes para los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte a cargo del Instituto de Seguros Sociales.
 El régimen de ahorro individual con solidaridad el cual los afiliados, tendrán derecho a una pensión de vejez, a la edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener una pensión mensual, superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de expedición de la ley, para el cálculo de dicho monto se tendrá en cuenta el valor del bono pensional, cuando a éste hubiere lugar.

Responder
faber alvarez
12/15/2019 06:58:20 pm

Derecho Laboral Colectivo, Diciembre 15 de 2019
Dr. :Leonardo Pachón
Alumno: Faber Alberto Álvarez Beltrán
C.C. 17334582 Villavicencio (Meta)

1.- ¿Que efectos tiene la huelga sobre el Contrato de trabajo?
El primer efecto que tiene la huelga sobre el contrato de trabajo es la suspensión del mismo. Este efecto es inmediato.
Como segundo efecto, la suspensión de sus obligaciones reciprocas. No hay retribución al periodo de duración de la huelga. No hay gratificaciones extraordinarias festivos y descansos.
2.-¿Durante la suspensión del contrato de trabajo por huelga, el empleador debe cotizar a los sistemas de salud y pensión?
Durante los periodos de suspensión solo se efectúan los aportes a la salud.
No habrá lugar al pago de los aportes por parte del afiliado, pero si de los correspondientes al empleador.
3) ¿Durante la suspensión del contrato de trabajo por huelga, el empleador debe efectuar los aportes al SENA Y al ICBF?
Ni el empleador ni el trabajador harían algún tipo de aportes a los fondos de pensiones, ni al ICBF, ni a la ARL, toda vez que no hubo salarios devengados durante ese periodo.
4) ¿Todas las huelgas suspenden los contratos de trabajo?
Si. La huelga solo suspende los contratos de trabajo por el tiempo que dure esta. Ahora bien, con intervención del Inspector de trabajo se puede celebrar nuevos contratos para evitar graves perjuicios a la seguridad y conservación de locales, equipos, elementos básicos.


5) ¿Cuáles son las características del pacto colectivo?
Es un acuerdo para fijar, las condiciones de trabajo y productividad. Debe ser cumplido estrictamente. Es un acuerdo que beneficia a ambas partes, tanto al empresario porque le ayuda a evitar futuros conflictos y al trabajador puesto que regula sus derechos y obligaciones.
6) ¿Que es un contrato sindical?
Es el que se celebra con uno o varios sindicatos de trabajadores, con uno o varios empleadores o sindicatos patronales con el fin de realizar la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados.
7) ¿Cuáles son las clases de fuero sindical que existen en Colombia?
Fuero de Fundadores y Fuero Circunstancial.
8) ¿Cuáles son las diferencias que se observan en el Convenio de la OIT 87, 98, 151 y 154?
Diferencias no encuentro ya que son complementarios. Son norma básica de la libertad sindical, establecen los derechos de los trabajadores de constituir las organizaciones que estimen conveniente, sin autorización previa, redactar sus propios estatutos. Van evolucionando y complementándose como la sociedad requiere.
9) ¿Cómo se conforma un gremio?
Se conforman con no menos de 25 personas naturales o jurídicas. Ante Notario Público. De be aprobar sus estatus. Su contenido son los básicos como son: Nombre y domicilio de la asociación, Objetivos, Categorías de los Socios, derechos y obligaciones, condiciones de incorporación formas y motivos de exclusión, órganos de administración, patrimonio, número de miembros para su composición.
10) ¿Cuál es la diferencia entre una federación y una confederación?
La federación está constituida por 3 o más asociaciones gremiales, se pueden afiliar personas naturales o jurídicas.
La Confederación está constituida por 2 o más federaciones, también podrá afiliarse a personas naturales o jurídicas .-









Derecho Laboral Colectivo, Diciembre 15 de 2019
Dr. :Leonardo Pachón
Alumno: Faber Alberto Álvarez Beltrán
C.C. 17334582 Villavicencio (Meta)

1.- ¿Que efectos tiene la huelga sobre el Contrato de trabajo?
El primer efecto que tiene la huelga sobre el contrato de trabajo es la suspensión del mismo. Este efecto es inmediato.
Como segundo efecto, la suspensión de sus obligaciones reciprocas. No hay retribución al periodo de duración de la huelga. No hay gratificaciones extraordinarias festivos y descansos.
2.-¿Durante la suspensión del contrato de trabajo por huelga, el empleador debe cotizar a los sistemas de salud y pensión?
Durante los periodos de suspensión solo se efectúan los aportes a la salud.
No habrá lugar al pago de los aportes por parte del afiliado, pero si de los correspondientes al empleador.
3) ¿Durante la suspensión del contrato de trabajo por huelga, el empleador debe efectuar los aportes al SENA Y al ICBF?
Ni el empleador ni el trabajador harían algún tipo de aportes a los fondos de pensiones, ni al ICBF, ni a la ARL, toda vez que no hubo salarios devengados durante ese periodo.
4) ¿Todas las huelgas suspe

Responder
danny camila tumay rodriguez
12/18/2019 01:14:13 am

Pensiones.
1. ¿Que son los BEPS y quienes pueden ser beneficiaros?
Los Beneficios Económicos Periódicos es un mecanismo de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario de protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de un capital para la mejora de sus ingresos en la edad adulta.
Los beneficiarios de los BEPS pueden ser las personas pertenecientes al nivel I II, III del sisben.
2. Mencione las características que presentan la asimetría de las pensiones en Colombia.
La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría) ,formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
• Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible, transparencia e información cierta.
• La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado.
3. Cuáles son las ventajas de la ley 33 del año 1985 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad
La pensión por jubilación, que se da luego d elaborar durante 20 años y contar con una edad de 55 años y su pensión equivaldrá al 75% del valor del salario devengado en el último año de labor. Las personas podían elegir cualquier régimen. Aportes voluntarios.
4. Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social
La incidencia que tiene este decreto en el sistema general de seguridad social, sería la integración de la nueva EPS y colpensiones. Generando así privatización.
5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
Es un indicador de cómo un sistema de pensiones consigue o no su objetivo proporcionar unos ingresos adecuados en el momento de la jubilación respecto a los ingresos que el trabajador tenía cuando estaba en activo. Esta tasa se calcula como el porcentaje que supone la pensión de jubilación sobre el último sueldo percibido en la etapa laboral. Si una persona cotiza con un salario mínimo su pensión sería del 50% del mismo.
6. ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
El ingreso de liquidación es el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los diez (10) años anteriores al reconocimiento de la pensión, o en todo el tiempo si este fuere inferior para el caso de las pensiones de invalidez o sobrevivencia, actualizados anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor, según certificación que expida el DANE.
El ingreso base de cotización es el Valor que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte al momento de realizar la cotización al Sistema General de Seguridad Social, de acuerdo con el salario básico y las novedades que presente el trabajador dependiente o independiente en el respectivo mes.
7. ¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
El régimen de prima media con prestación definida Es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes o una indemnización previamente definidas, de acuerdo con lo establecido en dicha ley. Dicho régimen se caracteriza por ser un régimen solidario de prestación definida, en el cual los aportes de los afiliados y sus rendimientos constituyen un fondo común de naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones de quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los respectivos gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en la ley. Así mismo, en este régimen el Estado garantiza el pago de los beneficios a que se hacen acreedores los afiliados.
El régimen de ahorro individual con solidaridad es un régimen del sistema general de pensiones que es gestionado por fondos privados d

Responder
eileen guette link
12/18/2019 06:19:53 am

2. La asimetría de la información y las consecuencias de la misma, en el caso del sistema pensional por capitalización, donde se observa una fuerte asimetría entre las AFP y los afiliados a favor de las primeras y una política fuerte de diferenciación de productos, ambos factores no permiten una significativa sensibilidad respecto a las variables en la generación de ahorro como precio y rentabilidad.
La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría) ,formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
 Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible, transparencia e información cierta.
 La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado.

Responder
eileen paola guette link
12/18/2019 06:18:50 am

1. 1. Beneficios económicos periódicos
Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) hacen parte de un programa que creó el Gobierno en 2005 y que administra Colpensiones con el objetivo de brindar un mecanismo alternativo de seguridad para la vejez de aquellos colombianos que llegaron a la edad requerida para pensionarse, pero que, aunque hicieron sus aportes en el Régimen Público o Privado, no reunieron el capital necesario solicitado para tal fin.
¿A quiénes está dirigido este programa?
• A los colombianos mayores de 18 años, vinculados o no al Sistema General de Pensiones (SGP).



¿Cuáles son las condiciones necesarias para obtener un BEP?
• Si eres mujer debes tener 57 años de edad o más.
• Si eres hombre debes tener 62 años de edad o más.
• No haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos.
• Ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS.
• Ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.
Ten en cuenta que no es posible cotizar simultáneamente a pensiones y a BEPS, es decir, mientras tengas los ingresos suficientes para aportar a tu Pensión Obligatoria no podrás ahorrar dinero en tu cuenta BEP. Sin embargo, el ahorro que alcances a hacer te permitirá mejorar tu mesada pensional o completar los requisitos para alcanzar tu pensión.

Características de los beps
• Los Beneficios Económicos Periódicos no son una pensión.
• Son un mecanismo alternativo de ahorro que forma parte del nuevo modelo de protección para la vejez y es independiente del Sistema General de Pensiones.
• Al llegar a la edad de pensión, si estás vinculado al programa tendrás un ingreso equivalente al ahorro, más el incentivo otorgado por el Estado; beneficio que recibirás, cada dos meses, en forma de una anualidad vitalicia.
• Los beneficios no son heredables.
• El valor del aporte anual no puede ser superior a $ 885.000.
¿Qué incentivo otorga el estado?
Una vez estés inscrito en este programa, podrás acceder a un subsidio periódico otorgado por el Estado que se calcula anualmente de manera individual, según los aportes hechos y cuyo valor será igual al 20% de los aportes; es decir, por cada $ 100 que pagues, el Estado te dará $20 adicionales.

Responder
eileen guette link
12/18/2019 06:23:45 am

4. L o que se busca con ese decreto es haceruna formalización laboral debido a que mas de la mitad de las personas que trabajan en las entidades financieras que tienen participación en el estado, trabajan tercerizadas con empresas temporales.
3. 3. Con la ley 33 del año 1985 se crea una considerable condición de beneficios para el empleado y es quue si la persona ha trabajado durante 20 años continuos y tiene 55 años adquiere el derecho de que la administradora de pensiones le cotize con el 75% del salario promedio durante su ultimo año de servicio.
• 5 Las tasas de reemplazo utilizadas en Colombia para el Sistema Genral de Pensiones son:
•  En el RPM , se establece una proporción del promedio en el ingreso base de cotización de los últimos 10 años.
•  En el RAIS, corresponde a una proporción de los ahorros de la persona.
Ejemplo:
Un trabajador gana $6000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $9000su Tasa de Reemplazo es de 66.6%
TR = (10000 / 9000) x 100 = 66.6%

Responder
eileen guette link
12/18/2019 06:21:27 am

3. 3. Con la ley 33 del año 1985 se crea una considerable condición de beneficios para el empleado y es quue si la persona ha trabajado durante 20 años continuos y tiene 55 años adquiere el derecho de que la administradora de pensiones le cotize con el 75% del salario promedio durante su ultimo año de servicio.
• 5 Las tasas de reemplazo utilizadas en Colombia para el Sistema Genral de Pensiones son:
•  En el RPM , se establece una proporción del promedio en el ingreso base de cotización de los últimos 10 años.
•  En el RAIS, corresponde a una proporción de los ahorros de la persona.
Ejemplo:
Un trabajador gana $6000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $9000su Tasa de Reemplazo es de 66.6%
TR = (10000 / 9000) x 100 = 66.6%

Responder
eileen link
12/18/2019 06:25:16 am

6. a diferencia que hay entre estos dos conceptos radica en que el IBC es la base sobre la cual los aportantes cotizan al sistema de seguridad social, en tanto el IBL es la base sobre la que se liquidan las prestaciones económicas a favor del aportante o cotizante.

7. Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida
Es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definida, de acuerdo con lo previsto en la Ley.

Características principales:

Los aportes de los afiliados y los empleadores, así como sus rendimientos, constituyen un fondo común de naturaleza pública (no pertenecen a la Nación), que garantiza el pago de las prestaciones de quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los respectivos gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley.
El monto de la pensión es preestablecido, así como la edad de jubilación y las semanas mínimas de cotización.
No es posible hacer cotizaciones voluntarias, ni es posible optar por pensiones anticipadas.
El Estado garantiza el pago de beneficios a que se hacen acreedores los afiliados.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
Es el conjunto de entidades, normas y procedimientos mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados, de acuerdo con lo previsto en la Ley.

Este régimen está basado en el ahorro proveniente de las cotizaciones y sus respectivos rendimientos financieros, la solidaridad a través de garantías de pensión mínima y aportes al Fondo de Solidaridad, y propende por la competencia entre las diferentes entidades administradoras del sector privado, sector público y sector social solidario, que libremente escojan los afiliados.
Características principales:

Los afiliados son los titulares de una cuenta individual en la que se abonan los aportes de éste último y el empleador, las cotizaciones voluntarias, los bonos pensionales y los subsidios del Estado cuando a ello hubiere lugar, así como los rendimientos financieros que se generen.
El conjunto de las cuentas individuales de ahorro pensional constituye un patrimonio autónomo propiedad de los afiliados, denominado fondo de pensiones, el cual es independiente del patrimonio de la entidad administradora.
El monto de la pensión es variable y depende entre otros factores del monto acumulado en la cuenta, de la edad a la cual decida retirarse el afiliado, de la modalidad de la pensión, de las semanas cotizadas y de la rentabilidad de los ahorros acumulados.
Los afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes, así como de las indemnizaciones previstas en la Ley.
Los afiliados al Sistema podrán escoger y trasladarse libremente entre entidades administradoras, y seleccionar la aseguradora con la cual contraten las rentas o pensiones, en los términos señalados en la Ley.
Las entidades administradoras deberán garantizar una rentabilidad mínima del fondo de pensiones que administran.
El Estado garantiza los ahorros del afiliado y el pago de las pensiones a que éste tenga derecho, cuando las entidades administradoras o aseguradoras incumplan sus obligaciones, en los términos de la Ley.
Los afiliados al Régimen que hayan efectuado aportes o cotizaciones al Instituto de Seguros Sociales, o a las cajas, fondos o entidades del sector público, o prestado servicios como servidores públicos, o trabajado en empresas que tienen a su exclusivo cargo las pensiones de sus trabajadores y trasladen la parte proporcional del cálculo actuarial correspondiente, tendrán derecho al reconocimiento de bonos pensionales.
El Estado aportará los recursos que sean necesarios para garantizar el pago de pensiones mínimas, cuando la capitalización de los aportes de los afiliados y sus rendimientos financieros fueren insuficientes, y aquellos cumplan las condiciones requeridas para el efecto.
El control y vigilancia de las entidades administradoras de los fondos de pensiones corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia.

8. El principio de favorabilidad en materia laboral, consagrado en los artículos 53 de la Constitución Política y 21 del Código Sustantivo del Trabajo, consiste en la obligación de todo servidor público de optar por la situación más favorable al empleado, en caso de duda en la aplicación e interpretación jurídicas. Cuando una norma admite varias interpretacio

Responder
Jhoan Emmanuel Castañeda Mejía
12/18/2019 02:27:04 pm

1- ¿EN QUÉ CONSISTEN LAS BEPS, QUIENES SE PUEDEN BENEFICIAR?
Son un nuevo programa de ahorro para la vejez.
Estas son pensiones semicontributivas y su nombre es Beneficios Económicos Periódicos-Beps. son un tipo de ahorro voluntario que está dirigido a 7.000.000 de colombianos que por su situación de vulnerabilidad no tienen los ingresos suficientes para que puedan cotizar de forma individual y obligatoria

LOS BENEFICIOS:
A) EL GOBIERNO ENTREGA A LA PÈRSONA QUE SE VINCULE UN SUBSIDIO DEL 20% SOBRE LOS APORTES TOTALES QUE REALIZO
B) B) No existen multas ni intereses de mora en caso de no poder realizar aportes periódicos
C) Los vinculados pueden acceder a seguros Besas por muerte con amparo exequias y otras coberturas
D) Las personas que cumplan con los requisitos de beps, pueden acceder también al programa Colombia mayor.
REQUISITOS
- SER MAYOR DE 18 AÑOS
- INGRESO INFERIOR AL SALARIO MINIMO

BENEFICIOS
SEGURO DE VIDA Beps
Beneficio adicional del 20%, si el ahorro es de $10.000 el estado agregara $2.000.
Valor mínimo asegurado según el nivel de ahorro
Hasta $100.000 peso suma única, valor asegurado por nivel de ahorro $1.000.
De $100.001 a $300.000 10 veces el monto ahorrado
De 300.001 a 500.000 12 veces el monto ahorrado
De 500.001- a 700.00 13,5 veces el monto ahorrado
De 700.001 a 990.000 15 veces el monto ahorrado
Es u n programa que le permite a los ciudadanos hacer un ahorro en forma flexible, es decir, que pueden realizar sus aportes en el momento en que puedan
Es un ingreso económico que el vinculado recibe cada 2 meses y no puede exceder del 85% del 1 SMLV.
ES VITALICIO ES DECIR QUE SE RECIBE POR EL RESTO DE LA VIDA Y NO ES HEREDABLE.

2.- MENCIONE LAS CARACTERÍSTICAS QUE PRESENTA LA ASIMETRÍA DE LAS PENSIONES EN COLOMBIA Y CUÁL ES EL FUTURO DE LA LEY

Las Sentencias constitucionales, hacen énfasis en el deber de Información clara, precisa y ética al cotizante al momento de escoger su fondo de pensiones, no es solo decir que se le informo y en el formulario dejar expresamente que acepta las condiciones de afiliación y que fue informado claramente.
Entrar a considerar como la asimetría de la información en la selección de las modalidades pensionales: retiro programado y renta vitalicia inmediata puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado.
Llegando a la conclusión de la necesidad de implementar un modelo de simulación, entendiendo ello como el sistema que permita que un futuro pensionado que cuente con los requisitos exigidos por la ley pueda acceder a un piloto de modalidades pensionales, para que pueda escoger la mejor oferta de acuerdo a sus necesidades.
Esta plataforma debe estar conectada a todas las Administradoras de Fondos de pensiones, Compañías de seguros de vida que ofrezcan Rentas Vitalicias, Asofondos y Superintendencia Financiera
Palabras clave: asimetría de la información, selección adversa, modalidades pensionales, libre elección
TRABAJO DE DOCTORADO Universidad Nacional- Tomado de Internet
3.- CUALES SON LAS VENTAJAS DE LA LEY 33/85 EN RELACION CON EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA Y EL REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD
requisito para acceder a la pensión de jubilación 55 años de edad (hombre o mujer) y 20 años de servicio en empresas del Estado. ¿Dicha norma está vigente, se puede reclamar pensión según dicha Ley en éstos momentos
4.-QUE INCIDENCIA TIENE EL DECRETO 2111 DENOMINADO GRUPO BICENTENARIO EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
DECRETO Nº 2111
24-11-2019
Ministerio de Hacienda y Crédito Público

por el cual se crea una sociedad que se denominará Grupo Bicentenario

el Congreso de la República expidió la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, en cuyo artículo 331 le otorgó al Presidente de la República facultades extraordinarias para “(...) crear una entidad de la Rama Ejecutiva del orden nacional responsable de la gestión del servicio financiero público que incida en mayores niveles de eficiencia”;
Que la creación del Grupo Financiero Estatal no implicará la disminución del número de empleos de la planta de personal de las entidades que lo conforman, ni afectará las condiciones laborales de los trabajadores;

Que la creación del Grupo Financiero Estatal implicará el avance en las políticas de estabilización laboral y calidad de empleo de los trabajadores de las so

Responder
DIANA CAROLINA ARELLANO RODRIGUEZ link
12/18/2019 09:34:21 pm

DIANA CAROLINA ARELLANO RODRIGUEZ

TALLER PENSIONES

1. En qué consisten los BEPS y quienes se pueden beneficiar

Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrecerá beneficios adicionales como los micros seguros, a quienes se vinculen al programa.
Se pueden beneficiar:
Personas de escasos recursos
Ciudadanos con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente
Si eres mujer 57 años de e3dad y hombre 62 años

2. Características de la asimetría de las Pensiones.

Las administradoras de pensiones deben proporcionar a sus interesados una información completa y que les sea comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.

3. Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad.

Una de las ventajas que nos deja la Ley 33 es que crea una parte que se considera beneficiosa y es que el empleado oficial que haya servido veinte (20) años continuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) años de edad tiene derecho a que la caja de previsión donde este afiliado le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación la cual equivale al 75% del salario promedio que sirvió de base para aportes durante el último año de servicio. Solo para las personas sujetas a la decretarían de la ley que no estén en un régimen especial de pensiones.

4. Que incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el SGSS.

Este decreto afecta al SGSS, debido a que el Estado no se le está viendo la participación y consagre sus labores para sacar adelante todo lo que se pueda para que este sistema esté bien equipado para que los trabajadores, este decreto creado por el gobierno y busca es privatizar empresas públicas y des meritar a los trabajadores en su trabajo dejándolos así sin el mismo.

5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
Es un indicador de cómo un sistema de pensiones consigue o no su objetivo proporcionar unos ingresos adecuados en el momento de la jubilación respecto a los ingresos que el trabajador tenía cuando estaba en activo. Esta tasa se calcula como el porcentaje que supone la pensión de jubilación sobre el último sueldo percibido en la etapa laboral. Si una persona cotiza con un salario mínimo su pensión sería del 50% del mismo.
6. ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?

El ingreso de liquidación es el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los diez (10) años anteriores al reconocimiento de la pensión, o en todo el tiempo si este fuere inferior para el caso de las pensiones de invalidez o sobre vivencia, actualizados anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor, según certificación que expida el DANE.
El ingreso base de cotización es el Valor que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte al momento de realizar la cotización al Sistema General de Seguridad Social, de acuerdo con el salario básico y las novedades que presente el trabajador dependiente o independiente en el respectivo mes.

7. En el régimen de prima media DIFERENCIAS MEDIA CON PRESTACION DEFINIDA y regimen de ahorro individual:

- En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente o sustituirte, siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad. En caso de que la pensión de sobre vivencia se cause por muerte del pensionado, el cónyu

Responder
YARIANNY SALCEDO CHAVERRA
12/19/2019 03:19:51 am

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
DERECHO LABORAL PÚBLICO
DR. LEONARDO PACHÓN
YARIANNY STEPHANY SALCEDO CHAVERRA
Taller de Pensiones
1. ¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
6. ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
7. ¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
9. ¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
10. ¿Cuál es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotización?

SOLUCIÓN

1R/ Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrecerá beneficios adicionales como los micros seguros, a quienes se vinculen al programa.
Se pueden beneficiar: Personas de escasos recursos, ciudadanos con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente. Si eres mujer a los 57 años de edad y hombre 62 años.
2R/ La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría), formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.
Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible, transparencia e información cierta. La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado.
3R/ La ley 33 crea una parte que se considera beneficiosa y es que el empleado oficial que haya servido veinte 20 años continuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) años de edad tiene derecho a que la caja de previsión donde este afiliado le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación la cual equivale al 75% del salario promedio que sirvió de base para aportes durante el último año de servicio. Las personas podían elegir cualquier régimen pensional y los aportes eran voluntarios.
4R/ Este decreto afecta directamente al SGSS, debido a que privatiza por completo las empresas públicas que antes prestaban la seguridad social. El holding financiero deberá operar respecto a reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas públicas que harán parte de este holding, como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fiduprevisora S.A., entre otras, pasarán a regirse por reglamentaciones del sector privado, en contraposición al bien común de los recursos públicos del Estado.
5R/ La tasa de reemplazo es un indicador del grado en que un sistema de pensiones logra su principal cometido, que no es otro que sustituir las rentas de la etapa en activo de un trabajador manteniendo un poder adquisitivo lo más elevado posible en la etapa de jubilación.
Ejemplo: un trabajador cobraba durante su etapa productiva un salario de 3.000 euros al mes, y ahora percibe una pensión de 2.000 euros mensuales, su tasa de reemplazo seria del 50%.
6R/ Diferencia: El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual s

Responder
YARIANNY SALCEDO CHAVERRA
12/19/2019 03:22:58 am

6R/ Diferencia: El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social y El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.
7R/ Diferencias:
En el RPM, los afiliados o sus beneficiarios deben pagar cotizaciones periódicas a un fondo común para obtener una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas.
• Los aportes de los afiliados y sus rendimientos constituyen un fondo común de naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones a quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.
• Hay que mencionar que las personas afiliadas a este régimen obtendrán el derecho a la pensión de vejez, previamente establecida por la ley, cuando cumplan con los requisitos legales de edad y semanas de cotización.
El RAIS está constituido por el conjunto de entidades, normas y procedimientos mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados.
• Es importante decir que en este régimen los aportes no ingresan a un fondo común, sino que son depositados en una cuenta individual de ahorro pensional constituida a título personal.
• Existe una relación directa entre el capital ahorrado en la cuenta individual de los afiliados y la pensión, lo cual determina que el valor de la pensión sea variable y no previamente definido como en el régimen de prima media.
• El sistema garantiza la pensión de vejez únicamente si se reúne en la cuenta individual el capital necesario para financiarla, sin que sea necesario el cumplimiento de una edad determinada o de un número mínimo de semanas de cotización, requisitos propios del anterior sistema referenciado.
• Así, el conjunto de cuentas ahorro pensional conforman un fondo de pensiones que es administrado por entidades privadas especializadas que hacen parte del sistema financiero y están sometidas a la inspección y vigilancia del Estado.
8R/ El principio de favorabilidad (consagrado normativamente tanto en el artículo 53 de la Constitución como en el 21 del Código Sustantivo del Trabajo) consiste en la obligación de optar por la situación más favorable al trabajador o pensionado en caso de duda en la aplicación de normas o interpretaciones jurídicas.
La Corte Constitucional ha establecido que cuando se presentan conflictos en la aplicación o interpretación de las fuentes formales del derecho laboral, no le es posible a los operadores jurídicos, tanto judiciales como administrativos, desconocer las garantías de los trabajadores y pensionados que han sido reconocidas constitucionalmente y a las cuales se les ha otorgado el carácter de inalienables e irrenunciables.
Esta garantía constitucional se determina como un límite a la autonomía judicial al momento de interpretar las normas laborales, pues si bien puede existir multiplicidad de soluciones derivadas de una misma disposición, el juez debe estar siempre inclinado por aquella que mejor proteja los derechos de los trabajadores, ya que, de lo contrario, estaría en abierta contradicción con el texto constitucional, que, como es sabido, tiene carácter normativo.
9R/ Lo primero que tiene que hacer es dirigirse ante el fondo privado y Colpensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos.
Después de que reciba la negativa por parte de estas instituciones, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial.
El argumento central para que se pueda decretar la anulación del traslado es que el afiliado asegure que no recibió la información precisa y correcta sobre los efectos que se produjeron con el cambio de régimen pensional.
10R/ La concurrencia en materia laboral se refleja cuando en medio de una relación de tipo laboral se ve el trabajador involucrado con otro u otros contratos de distinta naturaleza celebrados entre las mismas partes. Esta se presenta cuando un trabajador celebra varios contr

Responder
YARIANNY SALCEDO CHAVERRA
12/19/2019 03:24:15 am

10R/ La concurrencia en materia laboral se refleja cuando en medio de una relación de tipo laboral se ve el trabajador involucrado con otro u otros contratos de distinta naturaleza celebrados entre las mismas partes. Esta se presenta cuando un trabajador celebra varios contratos de trabajo con diferentes empleadores.
La coexistencia de los contratos es cuando un trabajador tiene varios contratos con diferentes empleadores.

LEYDY CUBIDES VARGAS
12/19/2019 07:56:34 am

¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
- BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez.
- los colombianos de escasos recursos que ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta.

Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
- La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría), formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.

¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- En este caso seria la pensión por jubilación, que se da luego de laborar durante 20 años y contar con una edad mínimo de 55 años y su pensión equivaldrá al 75% del valor del salario devengado en el último año de labor. Las personas podrán elegir cualquier régimen y los aportes serán voluntarios.

¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
- La incidencia que tiene este decreto en el sistema general de seguridad social, sería la unión de la nueva EPS y colpensiones. Generando así un sistema de privatización.

¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?
- La tasa de reemplazo nos indica la pérdida de poder adquisitivo que supondrá acceder a la jubilación. Este también es un indicador del grado en que un sistema de pensiones en donde se logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajo, manteniendo un poder adquisitivo elevado en la etapa de jubilación.

¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
- El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
- El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.

¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- Las características principales del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad son:
• Los aportes son a nombre de cada afiliado, cuenta individual.
• La pensión está sujeta a el capital que se ha acumulado durante la vida laboral, su frecuencia, el tamaño de los aportes y la rentabilidad.
• Estas pensiones están financiadas con los ahorros individuales de cada afiliado, y están incluidos mecanismos solidarios como el Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
• El capital pertenece al pensionado y se puede heredar, esto quiere decir que, si se diera el caso de no existir beneficiarios por ley, pasaría a la masa sucesoral y puede ser heredado
- Las características principales del Régimen de Prima Media son:
• Los aportes de los afiliados van a un fondo común que luego se distribuye para pagar la pensión de todos.
• La pensión que se recibe está sujeta al número de semanas y el salario de los últimos 10 años que se cotizaron (a cargo de Colpensiones)
• El pago de estas pensiones está conformado por las cotizaciones que los afiliados realizan al fondo común más las transferencias mensuales que el Gobierno nacional debe hacer.
• Si el pensionado fallece y no existen beneficiarios por ley, no habría herencia.

Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
- El principio de favorabilidad en materia laboral consiste en la obligación que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Se aplica en los casos del reconocimiento de las pensiones, como el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o la pensión de vejez.

¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
-

Responder
ALISSON DANIELA PEÑA LOPEZ
12/19/2019 07:58:10 am

¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
- BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez.
-los colombianos de escasos recursos que ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta.

Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
- La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría), formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.

¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- En este caso seria la pensión por jubilación, que se da luego de laborar durante 20 años y contar con una edad mínimo de 55 años y su pensión equivaldrá al 75% del valor del salario devengado en el último año de labor. Las personas podrán elegir cualquier régimen y los aportes serán voluntarios.

¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
- La incidencia que tiene este decreto en el sistema general de seguridad social, sería la unión de la nueva EPS y colpensiones. Generando así un sistema de privatización.

¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?
- La tasa de reemplazo nos indica la pérdida de poder adquisitivo que supondrá acceder a la jubilación. Este también es un indicador del grado en que un sistema de pensiones en donde se logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajo, manteniendo un poder adquisitivo elevado en la etapa de jubilación.

¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
- El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
- El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.

¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- Las características principales del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad son:
• Los aportes son a nombre de cada afiliado, cuenta individual.
• La pensión está sujeta a el capital que se ha acumulado durante la vida laboral, su frecuencia, el tamaño de los aportes y la rentabilidad.
• Estas pensiones están financiadas con los ahorros individuales de cada afiliado, y están incluidos mecanismos solidarios como el Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
• El capital pertenece al pensionado y se puede heredar, esto quiere decir que, si se diera el caso de no existir beneficiarios por ley, pasaría a la masa sucesoral y puede ser heredado
- Las características principales del Régimen de Prima Media son:
• Los aportes de los afiliados van a un fondo común que luego se distribuye para pagar la pensión de todos.
• La pensión que se recibe está sujeta al número de semanas y el salario de los últimos 10 años que se cotizaron (a cargo de Colpensiones)
• El pago de estas pensiones está conformado por las cotizaciones que los afiliados realizan al fondo común más las transferencias mensuales que el Gobierno nacional debe hacer.
• Si el pensionado fallece y no existen beneficiarios por ley, no habría herencia.

Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
- El principio de favorabilidad en materia laboral consiste en la obligación que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Se aplica en los casos del reconocimiento de las pensiones, como el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o la pensión de vejez.

¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
- Cu

Responder
ANDRES DAVID PATIÑO LOPEZ
12/19/2019 07:59:33 am

¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
- BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez.
-los colombianos de escasos recursos que ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta.

Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
-La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría), formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.

¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
-En este caso seria la pensión por jubilación, que se da luego de laborar durante 20 años y contar con una edad mínimo de 55 años y su pensión equivaldrá al 75% del valor del salario devengado en el último año de labor. Las personas podrán elegir cualquier régimen y los aportes serán voluntarios.

¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
- La incidencia que tiene este decreto en el sistema general de seguridad social, sería la unión de la nueva EPS y colpensiones. Generando así un sistema de privatización.

¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?
- La tasa de reemplazo nos indica la pérdida de poder adquisitivo que supondrá acceder a la jubilación. Este también es un indicador del grado en que un sistema de pensiones en donde se logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajo, manteniendo un poder adquisitivo elevado en la etapa de jubilación.

¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
- El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
- El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.

¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- Las características principales del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad son:
• Los aportes son a nombre de cada afiliado, cuenta individual.
• La pensión está sujeta a el capital que se ha acumulado durante la vida laboral, su frecuencia, el tamaño de los aportes y la rentabilidad.
• Estas pensiones están financiadas con los ahorros individuales de cada afiliado, y están incluidos mecanismos solidarios como el Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
• El capital pertenece al pensionado y se puede heredar, esto quiere decir que, si se diera el caso de no existir beneficiarios por ley, pasaría a la masa sucesoral y puede ser heredado
- Las características principales del Régimen de Prima Media son:
• Los aportes de los afiliados van a un fondo común que luego se distribuye para pagar la pensión de todos.
• La pensión que se recibe está sujeta al número de semanas y el salario de los últimos 10 años que se cotizaron (a cargo de Colpensiones)
• El pago de estas pensiones está conformado por las cotizaciones que los afiliados realizan al fondo común más las transferencias mensuales que el Gobierno nacional debe hacer.
• Si el pensionado fallece y no existen beneficiarios por ley, no habría herencia.

Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
- El principio de favorabilidad en materia laboral consiste en la obligación que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Se aplica en los casos del reconocimiento de las pensiones, como el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o la pensión de vejez.

¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
- Cuan

Responder
KATHERIN QUINTERO PEÑA
12/19/2019 08:00:35 am

¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
- BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez.
- los colombianos de escasos recursos que ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta.

Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
- La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la información (doble asesoría), formulario para la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional.

¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- En este caso seria la pensión por jubilación, que se da luego de laborar durante 20 años y contar con una edad mínimo de 55 años y su pensión equivaldrá al 75% del valor del salario devengado en el último año de labor. Las personas podrán elegir cualquier régimen y los aportes serán voluntarios.

¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
- La incidencia que tiene este decreto en el sistema general de seguridad social, sería la unión de la nueva EPS y colpensiones. Generando así un sistema de privatización.

¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?
- La tasa de reemplazo nos indica la pérdida de poder adquisitivo que supondrá acceder a la jubilación. Este también es un indicador del grado en que un sistema de pensiones en donde se logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajo, manteniendo un poder adquisitivo elevado en la etapa de jubilación.

¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
- El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.
- El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.

¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
- Las características principales del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad son:
• Los aportes son a nombre de cada afiliado, cuenta individual.
• La pensión está sujeta a el capital que se ha acumulado durante la vida laboral, su frecuencia, el tamaño de los aportes y la rentabilidad.
• Estas pensiones están financiadas con los ahorros individuales de cada afiliado, y están incluidos mecanismos solidarios como el Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
• El capital pertenece al pensionado y se puede heredar, esto quiere decir que, si se diera el caso de no existir beneficiarios por ley, pasaría a la masa sucesoral y puede ser heredado
- Las características principales del Régimen de Prima Media son:
• Los aportes de los afiliados van a un fondo común que luego se distribuye para pagar la pensión de todos.
• La pensión que se recibe está sujeta al número de semanas y el salario de los últimos 10 años que se cotizaron (a cargo de Colpensiones)
• El pago de estas pensiones está conformado por las cotizaciones que los afiliados realizan al fondo común más las transferencias mensuales que el Gobierno nacional debe hacer.
• Si el pensionado fallece y no existen beneficiarios por ley, no habría herencia.

Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
- El principio de favorabilidad en materia laboral consiste en la obligación que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Se aplica en los casos del reconocimiento de las pensiones, como el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o la pensión de vejez.

¿Cuándo se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
-

Responder
paola andrea
12/19/2019 10:56:19 am

PAOLA ANDREA URREGO
Taller de Pensiones
-¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrecerá beneficios adicionales como los micros seguros, a quienes se vinculen al programa.
Se pueden beneficiar:
Personas de escasos recursos
Ciudadanos con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente
Si eres mujer 57 años de e3dad y hombre 62 años
-Mencione las características que presentan la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
Las administradoras de pensiones deben proporcionar a sus interesados una información completa y que les sea comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.
-¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
Una de las ventajas que nos deja la Ley 33 es que crea una parte que se considera beneficiosa y es que el empleado oficial que haya servido veinte (20) años continuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) años de edad tiene derecho a que la caja de previsión donde este afiliado le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación la cual equivale al 75% del salario promedio que sirvió de base para aportes durante el último año de servicio. Solo para las personas sujetas a la decretarían de la ley que no estén en un régimen especial de pensiones.

-¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
Este decreto afecta al SGSS, debido a que el Estado no se le está viendo la participación y consagre sus labores para sacar adelante todo lo que se pueda para que este sistema esté bien equipado para que los trabajadores, este decreto creado por el gobierno y busca es privatizar empresas públicas y des meritar a los trabajadores en su trabajo dejándolos así sin el mismo.
-¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?,
Es un indicador de cómo un sistema de pensiones consigue o no su objetivo proporcionar unos ingresos adecuados en el momento de la jubilación respecto a los ingresos que el trabajador tenía cuando estaba en activo. Esta tasa se calcula como el porcentaje que supone la pensión de jubilación sobre el último sueldo percibido en la etapa laboral. Si una persona cotiza con un salario mínimo su pensión sería del 50% del mismo.
-¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
El ingreso de liquidación es el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los diez (10) años anteriores al reconocimiento de la pensión, o en todo el tiempo si este fuere inferior para el caso de las pensiones de invalidez o sobre vivencia, actualizados anualmente con base en la variación del índice de precios al consumidor, según certificación que expida el DANE.
El ingreso base de cotización es el Valor que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte al momento de realizar la cotización al Sistema General de Seguridad Social, de acuerdo con el salario básico y las novedades que presente el trabajador dependiente o independiente en el respectivo mes.
-¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
Diferencias:
En el RPM, los afiliados o sus beneficiarios deben pagar cotizaciones periódicas a un fondo común para obtener una pensión de vejez,

Responder
Luna González
12/19/2019 11:40:35 am

TALLER Nº7

1. El Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), un Esquema Flexible de Protección para la Vejez. Un mecanismo que será administrado por COLPENSIONES para estas personas que no cuentan con suficientes ingresos, como consecuencia de la informalidad de la actividad económica a la que se dedican o porque ganan menos de un salario mínimo mensual. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El propósito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.

Pueden acceder personas con ingresos inferiores a un salario mínimo personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión, ciudadanos colombianos, mayores de 18 años, ciudadanos con ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Vigente, mujeres con 57 años, hombre con 62 años de edad o más, no haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos, ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual
Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS. Y ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.


2. La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión.
si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos fundamentales como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política.
Al existir asimetría de la información, el futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por selección adversa que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.

3. Una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como el control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio.
No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un régimen especial de pensiones.

4. El Ministerio de Hacienda expidió este decreto privatizando empresas públicas Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que esencialmente y explícitamente prohíbe la participación de empresas públicas que prestan servicios de seguridad social como colpensiones y la nueva eps. De darse esta figura lleva a profundas reformas de las empresas públicas, sus objetivos, su funcionamiento y su relación con el mismo Estado, lo cual implica un cambio en las condiciones de los trabajadores e incluso potenciaría la inestabilidad laboral, propia del sector privado.Como un conglomerado de empresas, el holding financiero deberá operar sujeto a las reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas públicas que harán parte de este holding, como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fiduprevisora, entre otras, pasarán a regirse por reglament

Responder
Xiomara barreto
12/19/2019 11:40:52 am

Derly Xiomara Barreto Vaquiro
Seguridad social



1) ¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?


BEPS hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrecerá beneficios adicionales como los micro seguros, a quienes se vinculen al programa.

BENEFICIAN:
• Permite a personas de escasos recursos obtener un ingreso cada dos meses, personal e individual. Es de carácter vitalicio.
• Mejorar los ingresos y la calidad de vida en la edad adulta.
• Subsidio otorgado por el gobierno cuyo valor será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado.
• Crear en la población de escasos recursos, una cultura de ahorro voluntario a largo plazo.
• Incentivos Puntuales y/o Aleatorios: Estos se otorgan durante la etapa de ahorro, y dentro de estos es posible encontrar: garantía de poder adquisitivo, lo que quiere decir que los aportes a BEPS no pierden valor con el tiempo, gastos de administración, donde el Gobierno Nacional asume con estos gastos y acceso a un seguro de vida grupo.
• Incentivo Periódico: Es un subsidio otorgado por el Estado y se calcula de forma anual y de manera individual sobre el monto total de los aportes que se efectuaron por parte del vinculado al programa.

1) ¿Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas?
La información debe comprender todas las etapas del proceso, desde la antesala de la afiliación hasta la determinación de las condiciones para el disfrute pensional. Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa, comprensible con total transparencia e información cierta. La asimetría en consideración de la información en la selección de las modalidades pensionales es por retiro programado y renta vitalicia inmediata la cual puede afectar el derecho pensional, por selección adversa, que no puede ser superada con la libre elección que realice el futuro pensionado. Llegando a la conclusión de la necesidad de implementar un modelo de simulación, entendiendo ello como el sistema que permita que un futuro pensionado que cuente con los requisitos exigidos por la ley pueda acceder a un piloto de modalidades pensionales, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida
.
2) ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro i”3ndividual con solidaridad?
Ley 33 es que crea una parte que se considera beneficiosa y es que el empleado oficial que haya servido veinte (20) años continuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) años tienen derecho a que la caja de previsión donde este afiliado le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación la cual equivale al 75% del salario promedio que sirvió de base para aportes durante el último año de servicio.


3) Que incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el SGSS.
El 25 de noviembre de 2019, a través del Decreto 2111 de 2019, el Gobierno constituyó formalmente el conglomerado Grupo Financiero Bicentenario, compuesto por 16 empresas en las que el Estado tiene participación accionaria, lo que lo convierte en el tercer holding financiero más grande de Colombia esto afecta al sistema seguridad social en la medida de que el estado quiere de una u otra forma privatizar las entidades públicas.

4) ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
5) ¿Cual es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al si

Responder
María José Bernal
12/19/2019 11:41:38 am

Taller de Pensiones
1.¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
5. ¿Cuáles son las tasas de reemplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
6. ¿Cual es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?
7. ¿Cual es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
9. ¿Cuando se debe iniciar un proceso de nulidad de traslado o de ineficacia del mismo?
10.¿Cuál es la diferencia entre el principio de concurrencia de contratos y coexistencia de contratos para efectuar el ingreso base de cotización?
DESARROLLO.
1. Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) hacen parte de un programa que creó el Gobierno en 2005 y que administra Colpensiones con el objetivo de brindar un mecanismo alternativo de seguridad para la vejez de aquellos colombianos que llegaron a la edad requerida para pensionarse, pero que, aunque hicieron sus aportes en el Régimen Público o Privado, no reunieron el capital necesario solicitado para tal fin.

Ciudadanos colombianos, mayores de 18 años.
Ciudadanos con ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Vigente.
Si eres mujer debes tener 57 años de edad o más.
Si eres hombre debes tener 62 años de edad o más.
No haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos.
Ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS.
Ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.

2. Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa y comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida.

Es menester reconocer que se debe realizar una lectura estructural sobre la problemática pensional en el país, puesto que en la aplicación del principio de igualdad parte del diseño primario del Sistema General de Seguridad Social, queda claro que las políticas de privatización en respuesta al proceso de
globalización conducen a una valoración del individuo como cifras antes que como ser humano que demanda satisfacer unas necesidades básicas enmarcadas en la edad, la invalidez y la sobrevivencia.

3. A ley 33 en uno de sus puntos esenciales establece en una de sus caracteristicas mas importantes que. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio.
No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza
justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un
régimen especial de pensiones.

4. El Gobierno formalizó la creación del nuevo holding financiero estatal, el cual llevará por nombre Grupo Financiero Bicentenario. Así quedó consignado en el Decreto 2111 de 2019. Segun los detractores, el Ministerio de Hacienda expide un Decreto para privatizar empresas públicas y masacrar laboralmente a miles de trabajadores que quedarán sin empleo". el Ministerio de Hacienda expide un Decreto para privatizar empresas públicas y masacrar laboralmente a miles de trabajadores que quedarán sin empleo". Es

Responder
Edgar Sánchez
12/19/2019 11:43:36 am

1. Los beps, o su nombre completo Beneficios Económicos Periódicos, hacen parte de un programa creado por el Gobierno para el año de 2005, el cual es administrado por el fondo público de pensiones, con el único objetivo de ofrecer un mecanismo alternativo para la vejez, de los colombianos que alcanzaron la edad y aunque hicieron su aporte no alcanzaron lo necesario para pensionarse.
- Se pueden beneficiar; Ciudadanos Colombianos mayores de 18 años, si tienen un ingreso menor a un salario mínimo legal vigente, haber cumplido la edad requerida para la pensión, no haber logrado reunir lo necesario para pensionarse.

2. Las Entidades encargadas de administrar las Pensiones de todos los Colombianos deben velar por compartir una información correcta y exacta para sus allegados para así poder facilitar y garantizar el acceso a una pensión y así mismo a una vida digna de los Colombianos, más allá de tener ánimo de lucrarse o de enriquecerse deben satisfacer las necesidades por las cuales llegan a ellos. El futuro de las mismas es lastimosamente degradante, ya sea porque quieren cerrar Colpensiones o por la falla que tiene la misma, o porque los fondos privados se han vuelto una forma útil de que los grandes oligarcas se sigan enriqueciendo, y queden en mano de ellos los fondos de pensiones y mediante engaños jugar con la vida y dignidad del colombiano.
3.La ventaja que se encuentra en la Ley 33, es que en uno de sus puntos, claramente esenciales, establece una de las características más relevantes de la dicha ley. Hace referencia a que el que con la edad de cincuenta y cinco años y que haya servido como empleado oficial por más de veinte años, tendrá derecho en que la caja de compensación se le pague el setenta y cinco por ciento de su salario base de los últimos aportes de los últimos años.
4.Este decreto que es reciente, elaborado durante este gobierno NARCOPARAMILITAR, Corrupto, Nefasto, inservible y asesino, formalizó una creación del grupo bicentenario, el cual es un Holding Financiero que deja las empresas Colombianas Más rentables en manos de terceros, y las mismas pasarían a ser regidas por el derecho de economía mixta, esto claramente es una afectación al sistema Colombiano, a los trabajadores Colombianos, es una bofetada al pueblo, se perderán y se reducirán miles de puestos de trabajo.
5. La tasa de reemplazo, es un indicador del grado mediante el cual un sistema de pensiones logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajador activo, para así mantener un poder adquisitivo lo más elevado posible para la edad de su Jubilación, en Colombia la tasa de reemplazo depende del régimen; régimen público: 73,1% y para el Régimen Privado:38,6%
6. El Ingreso Base de Liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a la cual tiene derecho el trabajador. En cambio, el Ingreso Base de Cotización, es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones en el sistema de seguridad social en Colombia.
7. Sucede que en el régimen de ahorro individual los beneficiarios pueden ser cualquiera, puede ser cualquier persona. Pero en el Régimen de Ahorro con Prima media, el beneficiario puede ser el conyugue (a) o compañero (a) permanente, los hijos, cada uno de los anteriores depende de unas formalidades establecidas por la ley.
8. El Principio de Favorabilidad, en materia laboral consiste en dar una perspectiva de favorabilidad hacía con el trabajador siempre, para así garantizar sus derechos y su igualdad en la sociedad, art 53 de la Constitución Política y art 21 del Código sustantivo del trabajo.
9.Debera dirigirse ante los fondos para pedir una solicitud de cambio de régimen, aclarando y justificando que NO recibio la información necesaria, Sí recibe respuesta positiva ya tendrá que continuar con lo que le indiquen los fondos respectivos, si por el contrario se encuentra con una respuesta negativa, deberá conseguir un apoderado judicial y presentar una demanda ante el juez correspondiente solicitando el traslado.
10. La concurrencia laboral hace referencia cuando en una relación laboral se ve al trabajador con otros contratos de distinta naturaleza celebrado entre la misma partes. .

Responder
María José Bernal
12/19/2019 11:44:25 am

4. Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que el Estado esta teniendo cada vez menos participacion y desicion sobre este.

5. El concepto de tasa de reemplazo, también conocido como tasa de sustitución puede comprenderse como un indicador del grado en que un sistema de pensiones logran su principal cometido, que no es otro que sustituir las rentas de la etapa en activo de un trabajador manteniendo un poder adquisitivo lo más elevado posible en la etapa de jubilación. Encontramos que los regímenes tanto público como privado ofrecen algunas ventajas para los afiliados. Sin embargo, con base en diversas fuentes, obtenemos que la cobertura de pensionados es de apenas 23% y ésta se ha mantenido constante desde 2005 con una población de pensionados menor a 1,5 millones de personas. Esta tasa de cobertura contrasta con la de países como Chile donde es de 87,1%.

En Colombia la tasa de reemplazo es diferente dependiendo del régimen: 73,1% para el público y 38,6% para el privado.

La Tasa de Reemplazo no es más que el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa de Reemplazo es de 80%
TR = (4000 / 5000) x 100 = 80%
(Para fines estadísticos la OCDE presenta el resultado de sus estudios a nivel internacional por género, buscando con ello evaluar la equidad entre hombres y mujeres de los sistemas de pensiones)
Por tanto, en término prácticos podemos afirmar que este indicador refleja a cuánto se reduce tu poder adquisitivo una vez que te jubilas, y con ello en cuánto tendrías que ajustar tus gastos en virtud de tu nueva realidad. En el caso del ejemplo anterior, al reducirse en $1000 los ingresos del trabajador, se vería en la necesidad de reducir sus gastos en un monto semejante, sacrificando para ello algunos gustos o limitando hábitos de consumo.
En Colombia la tasa de reemplazo es diferente dependiendo del régimen: 73,1% para el público y 38,6% para el privado (OECD, BID & Banco Mundial, 2014 y 2017).

6.El ingreso base de cotización es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones al sistema de seguridad social en Colombia.

Asalariados e independientes deben realizar los pagos que correspondan a la seguridad social, y esos pagos se realizan sobre la base de cotización que la ley ha determinado.

En el caso de los trabajadores asalariados el IBC es el salario que devengan, y en el caso de los trabajadores independientes es el 40% de los ingresos obtenidos en el respectivo periodo siempre que el resultado no sea inferior al salario mínimo.

El ingreso base de liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a que tiene derecho el trabajador, ya sea la pensión, las incapacidades laborales o las licencias de maternidad o paternidad.

La Arl, la EPS o el fondo de pensión liquidan esos pagos sobre una base también dispuesta por la ley, y esa base se conoce como Ingreso Base de Liquidación.

Entre sus principales diferencias se encuentran:

IBC
Monto del salario sobre el cual se aplica el porcentaje de cotización a pensión.
El tope máximo es de 25 smlmv.
Calculo de este ingreso: salario básico + los factores salariales que según la ley constituyan salario, sobre estos se cotiza mensualmente sobre el 16 %.

IBL
Base sobre la cual se liquidan las prestaciones económicas del trabajador.

7. En el regimen de prima media:

- En forma vitalicia, el cónyuge o la compañera o compañero permanente o supérstite, siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 o más años de edad. En caso de que la pensión de sobrevivencia se cause por muerte del pensionado, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite, deberá acreditar que estuvo haciendo vida marital con el causante hasta su muerte y haya convivido con el fallecido no menos de cinco (5) años continuos con anterioridad a su muerte.

- En forma temporal, el cónyuge o la compañera o compañero permanente supérstite siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha de fallecimiento del causante, tenga menos de 30 años de edad, y no haya procreado hijos con éste. La pensión temporal se pagará mientras el beneficiario viva y tendrá una duración máxima de 20 años. En este caso, el beneficiario deberá cotizar al sistema para obtener su propia pensión, con cargo a dicha pensión.

- Si respecto de un pensionado hubiese un compañero o compa&n

Responder
María José Bernal
12/19/2019 11:45:54 am


7. Si respecto de un pensionado hubiese un compañero o compañera permanente, con sociedad anterior conyugal no disuelta y derecho a percibir parte de la pensión de que tratan los numerales anteriores, dicha pensión se dividirá entre ellos (as) en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido.

- En caso de convivencia simultánea en los últimos cinco (5) años, antes del fallecimiento del causante entre un cónyuge y una compañera o compañero permanente, la beneficiaria o el beneficiario de la pensión de sobreviviente, será la esposa o el esposo. Si no existe convivencia simultanea y se mantiene vigente la unión conyugal pero hay una separación de hecho, la compañera o compañero permanente podrá reclamar una cuota parte de lo correspondiente al numeral a) en un porcentaje proporcional al tiempo convivido con el causante siempre y cuando haya sido superior a los últimos cinco (5) años antes del fallecimiento del causante. La otra cuota parte le corresponderá al cónyuge con el cual existe la sociedad conyugal vigente.

- Los hijos menores de 18 años, los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante al momento de su muerte, siempre y cuando acrediten debidamente su condición de estudiantes; y, los hijos inválidos si dependían económicamente del causante, esto es, que no tienen ingresos adicionales, mientras subsistan las condiciones de invalidez.

- A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante si dependían económicamente de éste.

En regimen de ahorro individual los beneficiarios pueden ser cualquier persona,

8. El artículo 53 de la Constitución Política y el 21 del Código Sustantivo de Trabajo señalan que el principio de favorabilidad en materia laboral consiste en el deber que tiene toda autoridad tanto judicial como administrativa de optar por la situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales del derecho. Más allá de la duda ante dos normas, la jurisprudencia sostiene que este principio se aplica inclusive cuando una sola norma admite diversas interpretaciones.

9.Lo primero que tiene que hacer es dirigirse ante el fondo privado y Colpensiones extendiendo una solicitud para que se realice el cambio de régimen, donde deberá exponer que no recibió la información precisa sobre las características de cada uno de los fondos.

Después de que reciba la negativa por parte de estas instituciones, debe ir de la mano de un abogado ante los jueces laborales ordinarios del circuito, donde presentará una demanda solicitándole al juez que anule el traslado inicial.

El argumento central para que se pueda decretar la anulación del traslado es que el afiliado asegure que no recibió la información precisa y correcta sobre los efectos que se produjeron con el cambio de régimen pensional.

10. La concurrencia en materia laboral se refleja cuando en medio de una relación de tipo laboral se ve el trabajador involucrado con otro u otros contratos de distinta naturaleza celebrados entre las mismas partes.

Esta se presenta cuando un trabajador celebra varios contratos de trabajo con diferentes empleadores.


Responder
Vanessa Garzón
12/19/2019 11:48:12 am

El Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), un Esquema Flexible de Protección para la Vejez. Un mecanismo que será administrado por COLPENSIONES para estas personas que no cuentan con suficientes ingresos, como consecuencia de la informalidad de la actividad económica a la que se dedican o porque ganan menos de un salario mínimo mensual. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El propósito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.

Pueden acceder personas con ingresos inferiores a un salario mínimo personas que alguna vez comenzaron a cotizar pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión, ciudadanos colombianos, mayores de 18 años, ciudadanos con ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Vigente, mujeres con 57 años, hombre con 62 años de edad o más, no haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos, ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual
Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS. Y ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.


La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión.
si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos fundamentales como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política.
Al existir asimetría de la información, el futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por selección adversa que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.

Una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como el control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio.
No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un régimen especial de pensiones.

El Ministerio de Hacienda expidió este decreto privatizando empresas públicas Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que esencialmente y explícitamente prohíbe la participación de empresas públicas que prestan servicios de seguridad social como colpensiones y la nueva eps. De darse esta figura lleva a profundas reformas de las empresas públicas, sus objetivos, su funcionamiento y su relación con el mismo Estado, lo cual implica un cambio en las condiciones de los trabajadores e incluso potenciaría la inestabilidad laboral, propia del sector privado.Como un conglomerado de empresas, el holding financiero deberá operar sujeto a las reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas públicas que harán parte de este holding, como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fiduprevisora, entre otras, pasarán a regirse por reglamentaciones del sector privado, en

Responder
Camila Rodríguez
12/19/2019 11:57:26 am

Taller de Pensiones
1. ¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
Se hacen referencia a Beneficios Económicos Periódicos. Es un programa de ahorro individual, independiente, autónomo y voluntario que sirve como protección para la vejez. Ofrece incentivos para que los colombianos de escasos recursos ahorren y participen de forma voluntaria en la construcción de capital que les permita mejorar sus ingresos en la edad adulta. Brinda flexibilidad en el monto ahorrado y en la periodicidad del mismo al momento de realizar el aporte, esto explicado de otra forma, quiere decir “ahorrar lo que se pueda y cuando se pueda” de acuerdo a las capacidades del interesado. Adicional a esto el gobierno nacional ofrecerá beneficios adicionales como los micro seguros, a quienes se vinculen al programa.
Entre los beneficios del programa BEPS Colpensiones es posible encontrar:

• Permite a personas de escasos recursos obtener un ingreso cada dos meses, personal e individual.
• Es de carácter vitalicio.
• Mejorar los ingresos y la calidad de vida en la edad adulta.
• Subsidio otorgado por el gobierno cuyo valor será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado.
• Crear en la población de escasos recursos, una cultura de ahorro voluntario a largo plazo.
• Incentivos Puntuales y/o Aleatorios: Estos se otorgan durante la etapa de ahorro, y dentro de estos es posible encontrar: garantía de poder adquisitivo, lo que quiere decir que los aportes a BEPS no pierden valor con el tiempo, gastos de administración, donde el Gobierno Nacional asume con estos gastos y acceso a un seguro de vida grupo.
• Incentivo Periódico: Es un subsidio otorgado por el Estado y se calcula de forma anual y de manera individual sobre el monto total de los aportes que se efectuaron por parte del vinculado al programa.

2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.
Las administradoras de pensiones tienen el deber de proporcionar a sus interesados una información completa y comprensible, a la medida de la asimetría que se ha de salvar entre un administrador experto y un afiliado lego, en materias de alta complejidad. Ellas son fiduciarias del servicio público de pensiones, razón por la cual su comportamiento y determinaciones deben estar orientados no sólo a alcanzar sus propias metas de crecimiento sino a satisfacer el interés colectivo que se realiza en cada persona que queda desprotegida. La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión. Si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos fundamentales como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política. Al existir asimetría de la información, el futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por selección adversa que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.

3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
• Una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como el control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio

Responder
Camila Rodríguez
12/19/2019 12:07:58 pm

4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
El Ministerio de Hacienda expidió este decreto privatizando empresas públicas Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que esencialmente y explícitamente prohíbe la participación de empresas públicas que prestan servicios de seguridad social como colpensiones y la nueva eps. De darse esta figura lleva a profundas reformas de las empresas públicas, sus objetivos, su funcionamiento y su relación con el mismo Estado, lo cual implica un cambio en las condiciones de los trabajadores e incluso potenciaría la inestabilidad laboral, propia del sector privado. Como un conglomerado de empresas, el holding financiero deberá operar sujeto a las reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas públicas que harán parte de este holding, como el Fondo Nacional del Ahorro, Banco Agrario, ICETEX, Fiduprevisora, entre otras, pasarán a regirse por reglamentaciones del sector privado, en contraposición al bien común de los recursos públicos del Estado

5. ¿Cuáles son las tasas de remplazo que se aplican en el sistema general de pensiones en Colombia?, elabore un ejemplo
La Tasa de Reemplazo es el porcentaje que representa la pensión sobre el salario percibido por el trabajador antes de jubilarse. En pocas palabras, si un trabajador gana $5000 y al momento de retirarse se le asigna una pensión de $4000, su Tasa de Reemplazo es de 80%. En Colombia la tasa de reemplazo es diferente dependiendo del régimen: 73,1% para el público y 38,6% para el privado.
Ejemplo:
Salario: 3.000.000

R= 65.5 – (0.5 (3)

65,5 – 1.5 = 64% quiere decir que la tasa de remplazo será del 64%



6. ¿Cuál es la diferencia entre el ingreso base de liquidación y el ingreso base de cotización?

El ingreso base de cotización (IBC) es el salario (sueldo o asignación básica + todos los factores salariales) respecto de los cuales se cotiza mensualmente el 16% para pensión. Por su parte, el Ingreso Base de Liquidación (IBL) es el promedio de los salarios (sueldo o asignación básica + todos los factores salariales = IBC) cotizados en los últimos 10 años o el último año y al cual se le aplica la tasa de reemplazo o % para obtener el valor final de la mesada pensional

7. ¿Cuál es la diferencia entre los beneficiarios del régimen de prima media con definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad? prestación
No hay mínimo de semanas requeridas. La pensión dependerá únicamente de tu ahorro y de los rendimientos obtenidos a través del tiempo. No hay una condición de edad. Lo importante es que el capital de tu Cuenta de Ahorro Individual financie una pensión, por lo menos, del 110% del salario mínimo mensual legal vigente. Cuando llegue el momento de pensionarte podrás elegir una de las siete modalidades de pensión de las Administradoras de Fondos de Pensión, como eres el único dueño de tu ahorro pensional, si no hay beneficiarios, los saldos de tu cuenta son heredables, hasta el quinto grado de consanguinidad. En caso de pertenecer al Régimen de Prima Media y hacer el paso al RAIS, ciertos empleadores o entidades –como Colpensiones– reconocerán lo cotizado mediante un título valor conocido como Bono Pensional, que aplica solo si has cotizado más de 150 semanas en el RPM
RPM:
Las semanas requeridas para recibir la pensión son 130
La edad mínima para pensionarse es de 57 años para las mujeres; y 62 años, para los hombres.
Solo existe una modalidad: Renta Vitalicia. La pensión equivale a un porcentaje del Ingreso Base de Liquidación (IBL) que se define según la edad, el número de semanas cotizadas y el salario sobre el que se cotizó durante los últimos 10 años. El porcentaje inicial de la pensión será equivalente al 65% del Ingreso Base de Liquidación (IBL) para las primeras 1.000 semanas y por cada 50 semanas adicionales, el IBL de pensión incrementa en 1.5% sin sobrepasar el 80% del IBL. La pensión no puede ser inferior a 1 SMLMV ni superior a 25 SMLMV.
8. Explique en qué consiste el principio de favorabilidad y en qué casos se aplica.
“El principio de favorabilidad en materia laboral, consagrado en los artículos 53 de la Constitución Política y 21 del Código Sustantivo del Trabajo, consiste en la obligación de todo servidor público de opta

Responder
Cristian Hernandez
12/19/2019 12:00:33 pm

Taller de Pensiones
CRISITIAN FELIPE HERNANDEZ
1. ¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
Los Beps son cuentas de ahorro voluntario para las personas que no tienen los recursos suficientes para cotizar pensión. “Este es un programa que ofrece la posibilidad a los colombianos de ahorrar para la vejez, lo pueden hacer a partir de los 18 años y pretende que las personas acumulen un capital, tiene subsidios del estado muy interesantes que incentivan ese ahorro”
BEPS le permitirá ahorrar la cantidad que quiera y cuando pueda sin multas o intereses de mora en caso de no poder realizar aportes. Además, el Gobierno Nacional premiará su esfuerzo al ahorro entregando un subsidio del 20 por ciento sobre lo que haya ahorrado, es decir, que por cada $100 que una persona haya aportado, le corresponderán $20 adicionales, considerados como subsidio periódico.
BENEFICIOS:
• Permite a personas de escasos recursos obtener un ingreso cada dos meses, personal e individual.
• Es de carácter vitalicio.
• Mejorar los ingresos y la calidad de vida en la edad adulta.
• Subsidio otorgado por el gobierno cuyo valor será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado.
• Crear en la población de escasos recursos, una cultura de ahorro voluntario a largo plazo.
• Incentivos Puntuales y/o Aleatorios: Estos se otorgan durante la etapa de ahorro, y dentro de estos es posible encontrar: garantía de poder adquisitivo, lo que quiere decir que los aportes a BEPS no pierden valor con el tiempo, gastos de administración, donde el Gobierno Nacional asume con estos gastos y acceso a un seguro de vida grupo.
• Incentivo Periódico: Es un subsidio otorgado por el Estado y se calcula de forma anual y de manera individual sobre el monto total de los aportes que se efectuaron por parte del vinculado al programa.





2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.

La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión.
si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos fundamentales como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política.
Al existir asimetría de la información, el futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por selección adversa que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.

3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
Una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como el control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio. No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un régimen especial de pensiones.


4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
El Ministerio de Hacienda expidió este decreto privatizando empres

Responder
CRISTIAN HERNANDEZ
12/19/2019 12:09:02 pm

Taller de Pensiones
CRISITIAN FELIPE HERNANDEZ
1. ¿En qué consisten los beps y quienes se pueden beneficiar?
Los Beps son cuentas de ahorro voluntario para las personas que no tienen los recursos suficientes para cotizar pensión. “Este es un programa que ofrece la posibilidad a los colombianos de ahorrar para la vejez, lo pueden hacer a partir de los 18 años y pretende que las personas acumulen un capital, tiene subsidios del estado muy interesantes que incentivan ese ahorro”
BEPS le permitirá ahorrar la cantidad que quiera y cuando pueda sin multas o intereses de mora en caso de no poder realizar aportes. Además, el Gobierno Nacional premiará su esfuerzo al ahorro entregando un subsidio del 20 por ciento sobre lo que haya ahorrado, es decir, que por cada $100 que una persona haya aportado, le corresponderán $20 adicionales, considerados como subsidio periódico.
BENEFICIOS:
• Permite a personas de escasos recursos obtener un ingreso cada dos meses, personal e individual.
• Es de carácter vitalicio.
• Mejorar los ingresos y la calidad de vida en la edad adulta.
• Subsidio otorgado por el gobierno cuyo valor será igual al 20% de los aportes realizados por el vinculado.
• Crear en la población de escasos recursos, una cultura de ahorro voluntario a largo plazo.
• Incentivos Puntuales y/o Aleatorios: Estos se otorgan durante la etapa de ahorro, y dentro de estos es posible encontrar: garantía de poder adquisitivo, lo que quiere decir que los aportes a BEPS no pierden valor con el tiempo, gastos de administración, donde el Gobierno Nacional asume con estos gastos y acceso a un seguro de vida grupo.
• Incentivo Periódico: Es un subsidio otorgado por el Estado y se calcula de forma anual y de manera individual sobre el monto total de los aportes que se efectuaron por parte del vinculado al programa.





2. Mencione las características que presenta la asimetría de las pensiones en Colombia y cuál es el futuro de las mismas.

La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión.
si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos fundamentales como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política.
Al existir asimetría de la información, el futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por selección adversa que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.

3. ¿Cuáles son las ventajas de la ley 33 del 85 en relación con el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad?
Una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como el control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio. No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un régimen especial de pensiones.


4. ¿Qué incidencia tiene el decreto 2111 de 2019 denominado grupo bicentenario en el sistema general de seguridad social?
El Ministerio de Hacienda expidió este decreto privatizando empres

Responder
GYCELL KARINA GARZON
12/19/2019 12:03:47 pm

1. Los BEPS, cuya sigla define Beneficios Económicos Periódicos, es un programa del gobierno el cual es administrado por el fondo público de pensiones, con el fin principal de ofrecer un mecanismo alternativo para la vejez, de los colombianos que alcanzaron la edad (57- 62) y aunque hicieron su aporte no alcanzaron lo necesario para pensionarse.
- Se pueden beneficiar; Ciudadanos Colombianos mayores de 18 años, si tienen un ingreso menor a un salario mínimo legal vigente, haber cumplido la edad requerida para la pensión, no haber logrado reunir lo necesario para pensionarse.
- Se puede concluir que es un mecanismo de ayuda dedicado a la vejez.

2. Las Entidades encargadas de administrar las Pensiones de todos los colombianos deben velar por compartir una información correcta y exacta para sus allegados para así poder facilitar y garantizar el acceso a una pensión y así mismo a una vida digna de los colombianos, más allá de tener ánimo de lucrarse o de enriquecerse deben satisfacer las necesidades por las cuales llegan a ellos. El futuro de estas es lastimosamente degradante, ya sea porque quieren cerrar Colpensiones o por la falla que tiene la misma, o porque los fondos privados se han vuelto una forma útil de que los grandes oligarcas se sigan enriqueciendo, y queden en mano de ellos los fondos de pensiones y mediante engaños jugar con la vida y dignidad del colombiano.
3.La ventaja que se encuentra en la Ley 33, es que, en uno de sus puntos, claramente esenciales, establece una de las características más relevantes de la dicha ley. Hace referencia a que el que con la edad de cincuenta y cinco años y que haya servido como empleado oficial por más de veinte años, tendrá derecho en que la caja de compensación se le pague el setenta y cinco por ciento de su salario base de los últimos aportes de los últimos años.
4.Este decreto que es reciente, elaborado durante este gobierno NARCOPARAMILITAR, Corrupto, Nefasto, inservible y asesino, formalizó una creación del grupo bicentenario, el cual es un Holding Financiero que deja las empresas Colombianas Más rentables en manos de terceros, y las mismas pasarían a ser regidas por el derecho de economía mixta, esto claramente es una afectación al sistema Colombiano, a los trabajadores Colombianos, es una bofetada al pueblo, se perderán y se reducirán miles de puestos de trabajo.
5. La tasa de reemplazo, es un indicador del grado mediante el cual un sistema de pensiones logra sustituir las rentas de la etapa de un trabajador activo, para así mantener un poder adquisitivo lo más elevado posible para la edad de su Jubilación, en Colombia la tasa de reemplazo depende del régimen; régimen público: 73,1% y para el Régimen Privado:38,6%
6. El Ingreso Base de Liquidación es el ingreso sobre el que se liquida la prestación económica a la cual tiene derecho el trabajador. En cambio, el Ingreso Base de Cotización, es el ingreso sobre el cual se hacen las cotizaciones en el sistema de seguridad social en Colombia.
7. Sucede que en el régimen de ahorro individual los beneficiarios pueden ser cualquiera, puede ser cualquier persona. Pero en el Régimen de Ahorro con Prima media, el beneficiario puede ser el conyugue (a) o compañero (a) permanente, los hijos, cada uno de los anteriores depende de unas formalidades establecidas por la ley.
8. El Principio de Favorabilidad, en materia laboral consiste en dar una perspectiva de favorabilidad hacía con el trabajador siempre, para así garantizar sus derechos y su igualdad en la sociedad, art 53 de la Constitución Política y art 21 del Código sustantivo del trabajo.
9.Debera dirigirse ante los fondos para pedir una solicitud de cambio de régimen, aclarando y justificando que NO recibió la información necesaria, Sí recibe respuesta positiva ya tendrá que continuar con lo que le indiquen los fondos respectivos, si por el contrario se encuentra con una respuesta negativa, deberá conseguir un apoderado judicial y presentar una demanda ante el juez correspondiente solicitando el traslado.
10. La concurrencia laboral hace referencia cuando en una relación laboral se ve al trabajador con otros contratos de distinta naturaleza celebrado entre la misma partes.

Responder
Juan David Ordoñez- Vicente Ruiz
12/19/2019 12:06:31 pm

El Gobierno Nacional ha creado los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), estos últimos son un Esquema Flexible de Protección para la Vejez. La intención del gobierno nacional es que Este mecanismo sea administrado por COLPENSIONES. Los BEPS están destinados para las personas que no cuentan con los ingresos suficientes, debido a su condición de informalidad en la cual su actividad económica puede ganar menos de un salario mínimo por ende no les permiten acceder a los mismos beneficios de una persona que cuenta con un trabajo formal. Un sistema flexible y voluntario para que estas personas guarden desde ahora los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno premia ese esfuerzo entregando un subsidio proporcional. El propósito es que estos colombianos tengan una vejez tranquila cuando dejen de trabajar.
las personas que pueden beneficiarse de los BEPS son aquellos quienes cuentan con ingresos inferiores a un salario mínimo, personas que en algún momento comenzaron a cotizar pero que por diferentes razones no cumplen los requisitos para recibir la pensión; ciudadanos colombianos, mayores de 18 años, ciudadanos con ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Vigente, mujeres con 57 años, hombre con 62 años de edad o más, no haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos, ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS. Y ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.
2. La información asimétrica supone que una de las partes en una relación o transacción económica tiene menos información que otra u otras y dentro de la relación financiera de las pensiones en el RAI y los derechos fundamentales encontramos que esa asimetría puede ser una barrera para la verdadera selección de una modalidad pensional al momento de acceder a la pensión.
3. Si aun cuando existe una libre elección otorgada por la propia ley frente a que el afiliado puede seleccionar la modalidad pensional que se ajuste a sus expectativas, su decisión puede estar afectada por la asimetría de la información, lo que conllevaría a la afectación de sus derechos fundamentales como a la vida en condiciones dignas y justas y al mínimo vital y móvil consagrados en la Constitución Política.
El futuro pensionado puede ver afectado su derecho pensional y con ello derechos fundamentales como la dignidad y el mínimo vital y móvil en la época en que se requiere aún más la protección de la persona, como es en la tercera edad, por selección adversa que no puede ser superada con libre elección que hace el afiliado de la modalidad pensional.
4. Una de las ventajas más relevantes es no perder los derechos que tiene al estar vinculado a un régimen al querer una cotización para ambos regímenes, de igual manera los órganos de control que entran a ejercer como el control fiscal del Fondo que estará a cargo de la Contraloría General de la República. El empleado oficial que sirva o haya servido veinte (20) años continuos o discontinuos y llegue a la edad de cincuenta y cinco (55) tendrá derecho a que por la respectiva Caja de Previsión se le pague una pensión mensual vitalicia de jubilación equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio que sirvió de base para los aportes durante el último año de servicio.
No quedan sujetos a esta regla general los empleados oficiales que trabajan en actividades que por su naturaleza justifiquen la excepción que la Ley haya determinado expresamente, ni aquellos que por ley disfruten de un régimen especial de pensiones.
5. El Ministerio de Hacienda expidió este decreto privatizando empresas públicas Esto claramente afecta al sistema de seguridad social ya que esencialmente y explícitamente prohíbe la participación de empresas públicas que prestan servicios de seguridad social como colpensiones y la nueva eps. De darse esta figura lleva a profundas reformas de las empresas públicas, sus objetivos, su funcionamiento y su relación con el mismo Estado, lo cual implica un cambio en las condiciones de los trabajadores e incluso potenciaría la inestabilidad laboral, propia del sector privado.Como un conglomerado de empresas, el holding financiero deberá operar sujeto a las reglas que controlan otros conglomerados financieros como Grupo AVAL, BBVA, Sudameris, entre otros. Las empresas p&uacu

Responder
amilkar ayala
8/11/2020 05:30:49 pm

es una página muy didáctica

Responder



Deja una respuesta.

    Bogotá

    Publicaciones
    ​por Fecha

    Archivos

    Mayo 2020
    Marzo 2020
    Febrero 2020
    Diciembre 2019
    Noviembre 2019
    Octubre 2019

    Libros y Publicaciones

    Trabajo de los Jóvenes
    coexistencia de la pensión
    de la vejez e invalidez

    Categorias

    Todos
    Derecho Laboral
    La Conciliación En Materia Laboral Y Seguridad Social
    Pensiones
    Seguridad Social
    SG SST
    Talleres
    Teletrabajo

    Talleres

    Taller n° 1
    Taller n° 2
    TALLER n° 3
    Taller n° 4
    Taller n° 5
    TALLER n° 6
    Taller n° 7
    Taller n° 8
    TALLER n° 9
    Taller N° 10
    Taller N° 11

      Suscribete y recibe información sobre las últimas publicaciones:

      Escriba por favor su correo electrónico donde le llegará la información
      Digite el campo con su nombre
    Suscribirme
Sitio desarrollado por Weebly. Gestionado por Mi.com.co
  • INICIO
  • PROPUESTAS
  • SOBRE MI
  • CONTACTO
  • BLOG